martes, 27 de diciembre de 2016

AYUDAS PARA TRABAJADORES AUTONOMOS


ENLACE A LA PAGINA WEB DE LA JUNTA DE ANDALUCIA:                          http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/78018.html
Descripción:
El programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo regulado por Orden de 2 de diciembre de 2016, tiene como finalidad la concesión de ayudas públicas a aquellas personas desempleadas que vayan a iniciar una actividad económica como trabajadoras autónomas, así como a aquéllas que ya estén establecidas como tales, con la finalidad de crear empleo y mantener el ya existente a través del fomento y consolidación del trabajo autónomo.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas trabajadoras autónomas con residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
Además se concederán ayudas públicas a las entidades que diseñen y desarrollen proyectos de orientación, asesoramiento y tutorización de personas trabajadoras autónomas, fomentando el empleo autónomo y evitando su destrucción (Línea 4).

Línea 1.  Fomento de la creación de empresas de trabajo autónomo

Dirigida a aquellas personas físicas que realicen o quieran iniciar una actividad empresarial o profesional como trabajadoras autónomas y se encuentren en alguno de estos supuestos:
  • Medida 1.1 Fomento de iniciativas emprendedoras
Que se establezcan como trabajadoras autónomas, estando dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad correspondiente en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y como máximo  desde el día 1 de diciembre de 2016, siempre que no hayan resultado beneficiarias de las ayudas reguladas en la Ley 2/2015, de 29 de diciembre (programa de fomento y consolidación del trabajo autónomo 2015).
  • Medida 1.2 Ayudas al establecimiento
Que se establezcan como trabajadoras autónomas, estando dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad correspondiente en el momento de presentación de la solicitud de ayuda y como máximo desde el 1 de septiembre de 2014, siempre que no hayan resultado beneficiarias de las ayudas reguladas en la Ley 2/2015, de 29 de diciembre (programa de fomento y consolidación del trabajo autónomo 2015).

Línea 2.  Consolidación empresarial del trabajo autónomo

Dirigida a favorecer la consolidación de las iniciativas económicas desarrolladas por los trabajadores y trabajadoras autónomos, a través de medidas que incorporen a su actividad factores que contribuyan a la obtención de ventajas competitivas en el contexto económico y de continuidad en el contexto socio laboral y de legalidad, que son las siguientes:
  • Medida 2.1 Cooperación empresarial  
Creación, implantación y desarrollo de proyectos de colaboración entre tres o más personas trabajadoras autónomas para la realización de actividades empresariales o profesionales conjuntas que mejoren la posición y competitividad de las mismas en el mercado.
  • Medida 2.2 Relevo generacional
Procesos de transmisión y continuidad de actividades empresariales y profesionales consolidadas.
  • Medida 2.3 Celebración de contratos en prácticas
Formalización de contratos en prácticas profesionales o  suscripción de acuerdos para el desarrollo de prácticas no laborales, con jóvenes con cualificación suficiente y relacionada con la actividad económica del negocio, conforme a su titulación académica.
  •  Medida 2.4 Ayudas a la competitividad
Apoyo a la continuidad del negocio del trabajador o trabajadora autónoma ya constituido, mediante la inversión en activos que desarrollen proyectos de innovación y permitan el aumento de la competitividad como elemento de consolidación y fortalecimiento de la estructura empresarial.
  • Medida 2.5 Ayudas de continuidad
Apoyo a aquellas personas trabajadoras autónomas que decidan cambiar de estrategia competitiva para el mantenimiento de su empleo, pudiendo suponer un cambio de la actividad económica desarrollada.

 

Línea 3. Creación y consolidación del empleo en empresas de trabajo autónomo

Dirigida por un lado, a fomentar la creación de empleo estable mediante el apoyo a las contrataciones indefinidas de trabajadores por parte de personas trabajadoras autónomas y consolidarlo a través del apoyo a las transformaciones de contratos de duración determinada en contratos de tiempo indefinido ordinario de forma simultánea y, por otro lado, a favorecer una mayor presencia de la mujer en el trabajo autónomo y promover las condiciones óptimas para conciliar la vida personal, laboral y familiar a través de las siguientes medidas:
  • Medida 3.1 Apoyo a la contratación por tiempo indefinido ordinaria
Ayudas a las contrataciones por tiempo indefinido ordinarias, hasta un máximo de 3, realizadas por cada persona trabajadora autónoma con personas menores de 35 años y mayores de 45 años, ambos inclusives.
  • Medida 3.2 Apoyo a la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos
Ayudas a las transformaciones de contratos hasta un máximo de tres.
  • Medida 3.3 Apoyo a la contratación de duración determinada para conciliar la vida personal, laboral y familiar
Ayudas a los contratos de interinidad realizados para sustituir a las personas trabajadoras autónomas o a las que trabajen por cuenta ajena para ellas, en los supuestos de riesgo durante el embarazo y períodos de descanso por maternidad, incluido el supuesto de cesión inicial al otro progenitor de dicho período de suspensión, adopción o acogimiento preadoptivo

Línea 4. Promoción del trabajo autónomo

Dirigida a las asociaciones profesionales del trabajo autónomo que estén inscritas en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Andalucía que entre sus fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, para subvencionar la ejecución de proyectos de orientación, asesoramiento, tutorización, asistencia técnica y acompañamiento individualizado de aquellas personas trabajadoras autónomas que pretendan desarrollar un proyecto de emprendimiento de las líneas de ayudas  1, 2 y 3, conforme al Plan de Actuación para el Trabajo Autónomo de Andalucía (Horizonte 2020).

Procedimiento de concesión

  • Las líneas 1 y 4 se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, realizándose una comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en las bases reguladoras. La resolución de estas líneas se realizará de forma conjunta, notificándose mediante publicación en la sede electrónica de la Consejería de Economía y Conocimiento.
  • Las líneas 2 y 3 se tramitarán en régimen de concurrencia no competitiva, resolviéndose y notificándose de forma individual.

Órganos competentes para ordenar, Instruir y resolver los procedimientos

  • Las líneas 1, 2 y 3 se tramitan y resuelven por las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Mediante Resolución de la Dirección General de Economía Social y Autónomos se dará publicidad a los importes que correspondan a cada provincia.
  • La línea 4 se tramitará y resolverá por la Dirección General de Economía Social y Autónomos. 
Organismo:
Consejería de Economía y Conocimiento
Plazo de solicitud:
  • Línea 1 :
    22/12/2016 - 23/01/2017
    Un mes desde el día siguiente al de publicación en boja del extracto de la Resolución de convocatoria
  • Líneas 2 y 3 :
    22/12/2016 - 05/01/2017
    Quince días naturales a partir del siguiente al de publicación en boja boja del extracto de la Resolución de convocatoria
Estado:
Abierto plazo de solicitud


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sábado, 24 de diciembre de 2016

jueves, 22 de diciembre de 2016

ULTIMA VUELTA DE TUERCA EN LA CONTROVERSIA SOBRE LAS CLAUSULAS SUELO



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó este miércoles una sentencia que obliga a los bancos españoles a devolver todo lo que cobraron de más por las cláusulas suelo abusivas, lo que supone una factura de más de 4.000 millones de euro para el sector pero respaldan a miles de hipotecados.
La corte europea se opuso así a la decisión del Tribunal Supremo español que, aunque dictó que las cláusulas suelo eran abusivas por falta de transparencia y las declaró nulas, determinó que los usuarios sólo podrían recuperar los intereses abonados indebidamente desde la fecha de su sentencia (emitida el 9 de mayo de 2013), y no desde que suscribieron el contrato.
Las cláusulas suelo se aplican a las hipotecas con interés variable, que son aquellas a las que se añade una tasa diferencial sobre un índice de referencia, como por ejemplo el euribor u otro.
Cuando ese tipo de interés va a bajar de un determinado nivel, la cláusula suelo lo impide, lo que en la práctica hace que esa hipoteca se transforme de interés variable en fijo.
El Tribunal con sede en Luxemburgo cree que limitar en el tiempo las devoluciones por la nulidad de las cláusulas hace que la protección de los consumidores sea "incompleta e insuficiente", por lo que "no constituye un método adecuado y eficaz para que cese el uso de cláusulas abusivas".
Los jueces subrayan que la nulidad de la cláusula debe conllevar que se restablezca la situación en la que estaría el consumidor de no haber existido la misma y, por tanto, implica la devolución de las ventajas obtenidas por las entidades en detrimento de los usuarios.
La sentencia, que no se puede recurrir, pone punto final a uno de los casos más representativos de la crisis financiera en España y sienta las bases para que los tribunales nacionales, incluido el Supremo, diriman las miles de demandas que tienen pendientes.
Aunque no hay cifras exactas, según diferentes cálculos, unos dos millones de personas pagaron entre 3.000 y 6.000 euros de más en intereses por culpa de estas cláusulas, que se incluyeron en entre el 30% y 40% de las hipotecas en España.
Devolver estas cantidades le costará a las entidades algo más de 4.000 millones de euros, según datos revelados hoy por el Banco de España.
BBVA ya ha anunciado que dotará 404 millones para ello, mientras que Banco Popular cifra su coste en 334 millones, Unicaja en 150 millones y Liberbank en 83 millones.
La Asociación Europea de Banca aseguró que las entidades acatarán una sentencia cuyo reflejo ha sido inmediato en la bolsa española, con caídas generalizadas en el sector que han llegado hasta el 13,71% para Liberbank y al 6,81% en Popular.
El temor a la repercusión que pudiese tener esta devolución masiva marcó en 2013 la decisión del Tribunal Supremo, que tuvo en cuenta los riesgos para el entonces frágil sistema bancario, que acababa de recibir un rescate europeo del que se utilizaron 41.333 millones.
El Abogado general del Tribunal, el italiano Paolo Mengozi, también se basó en estas "repercusiones macroeconómicas" cuando en julio recomendó a la corte que rechazase la retroactividad.
Sin embargo, el Tribunal sorprendió hoy alejándose de la línea pautada por el letrado, contrariamente a lo que ocurre en la mayoría de los casos, para respaldar a unos consumidores cuyas perspectivas, a priori, eran poco halagüeñas.
La Comisión Europea (CE) valoró que la corte busque garantizar la protección de los consumidores, pero avisó de que "seguirá de cerca" lo que ocurra en un sector bancario español que, dijo, "ha reforzado su solidez financiera" desde la crisis.
Las asociaciones de consumidores recibieron la sentencia como un "gran triunfo", en palabras del presidente de la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), Manuel Pardos. No obstante, se preparan ya para el camino que aún deberán recorrer hasta tener su dinero de vuelta en sus bolsillos, que pasa por pactar con los bancos o ir a juicio.
En España, la organización de consumidores OCU pidió a las entidades que devuelvan "de oficio" las cantidades cobradas indebidamente, pero aseguró que ayudará a los afectados a demandar "si no tuvieran más remedio que acudir a la vía judicial".
El Gobierno, por su parte, anunció que trabaja ya con el PSOE para facilitar que el reintegro a los hipotecados de las cantidades cobradas de más, aunque el ministro de Justicia, Rafael Catalá, advirtió de que son las propias entidades las que deben llegar a acuerdos con sus clientes.
La sentencia, recordó la Organización Europea de Consumidores, no solo supone una "gran victoria" para los consumidores españoles, sino también para los europeos, que "luchan contra estas cláusulas en muchos países" y ahora podrán aferrarse al veredicto emitido hoy por la corte.

FUENTE: Diario de Sevilla. 
Enlace: http://www.diariodesevilla.es/economia/Justicia-europea-devolver-afectados-clausulas_0_1092491363.html

jueves, 10 de noviembre de 2016

CALENDARIO LABORAL

LES INFORMAMOS QUE, GRATUITAMENTE, PUEDEN DESCARGAR UN CALENDARIO LABORAL PERSONALIZADO EN EL ENLACE QUE SEGUIDAMENTE SE DETALLA:

http://maz.us7.list-manage.com/track/click?u=31b5d86a9be471245a53ade61&id=f1f0157d46&e=0c948e74a2

UN SALUDO.
Ldo. Juan A. Núñez Sánchez

sábado, 1 de octubre de 2016

IMPUESTOS TRIMESTRALES - TERCER TRIMESTRE 2016

INFORMAMOS A NUESTROS CLIENTES QUE YA ESTA ABIERTO EL PLAZO PARA LA CONFECCION Y PRESENTACION DE LOS IMPUESTOS TRIMESTRALES CORRESPONDIENTES AL TERCER TRIMESTRE DE ESTE EJERCICIO 2016.
EL PLAZO PARA DICHO TRAMITE SE INICIO EL DIA 01/10/2016 Y FINALIZA EL PROXIMO DIA 20/10/2016 (15/10/2016 EN CASO DE DOMICILIACION).
ROGAMOS PROCEDAN A LA REMISION DE LOS DATOS NECESARIOS PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS REFERIDAS OBLIGACIONES FISCALES A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE.

UN SALUDO
LDO. JUAN A. NUÑEZ

lunes, 1 de agosto de 2016

VACACIONES



INFORMAMOS A NUESTROS CLIENTES QUE DURANTE EL MES DE AGOSTO ESTAREMOS DE VACACIONES.

SI TIENEN QUE COMUNICAR UNA URGENCIA PUEDEN HACERLO, INDICANDO SIEMPRE EL MOTIVO DE LA URGENCIA Y DEJANDO UN TELEFONO DE CONTACTO, MANDANDO UN MENSAJE DE TEXTO (SMS), MENSAJE DE "WHATSAPP" O MENSAJE DE "LINE" AL NUMERO DE TELEFONO MOVIL: 652121446.

SI QUIERE DEJAR UNA RAZON, QUE SERA ATENDIDA A LA VUELTA DE LAS VACACIONES, PUEDE DEJAR UN MENSAJE EN EL CONTESTADOR AUTOMATICO DEL TELEFONO FIJO DE NUESTRA OFICINA: 954090940.

UN ATENTO SALUDO.
LDO. JUAN ANTONIO NUÑEZ SANCHEZ.

lunes, 4 de julio de 2016

IMPUESTOS SEGUNDO TRIMESTRE 2016

INFORMAMOS A NUESTROS CLIENTES QUE YA ESTA ABIERTO EL PLAZO PARA LA CONFECCION Y PRESENTACION DE LOS IMPUESTOS TRIMESTRALES CORRESPONDIENTES AL SEGUNDO TRIMESTRE DE ESTE EJERCICIO 2016.
EL PLAZO PARA DICHO TRAMITE SE INICIO EL DIA 01/07/2016 Y FINALIZA EL PROXIMO DIA 20/07/2016 (15/07/2016 EN CASO DE DOMICILIACION).
ROGAMOS PROCEDAN A LA REMISION DE LOS DATOS NECESARIOS PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS REFERIDAS OBLIGACIONES FISCALES A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE.

UN SALUDO
LDO. JUAN A. NUÑEZ

lunes, 2 de mayo de 2016

RENTA 2015

Se informa a nuestros clientes que la campaña de Renta 2015 abarca hasta el 30/06/2016, siendo el día tope para poder domiciliar los pagos inherentes a la misma el día 25/06/2016.
Les recordamos que deben pedir cita para ser atendidos y que pueden hacernos llegar sus datos para la confección de la citada declaración de renta a través de correo electrónico y/o whatsapp/line.
Atentamente,
Ldo. Juan A. Núñez Sánchez

viernes, 1 de abril de 2016

IMPUESTOS TRIMESTRALES PRIMER TRIMESTRE 2016

INFORMAMOS A NUESTROS CLIENTES QUE YA ESTA ABIERTO EL PLAZO PARA LA CONFECCION Y PRESENTACION DE LOS IMPUESTOS TRIMESTRALES CORRESPONDIENTES AL PRIMER TRIMESTRE DE ESTE EJERCICIO 2016.
EL PLAZO PARA DICHO TRAMITE SE INICIO EL DIA 01/04/2016 Y FINALIZA EL PROXIMO DIA 20/04/2016 (15/04/2016 EN CASO DE DOMICILIACION).
ROGAMOS PROCEDAN A LA REMISION DE LOS DATOS NECESARIOS PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS REFERIDAS OBLIGACIONES FISCALES A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE.

UN SALUDO
LDO. JUAN A. NUÑEZ

lunes, 15 de febrero de 2016

NOVEDADES PARA 2016

2016 ya está rodando, un año cargado de novedades legislativas que hay que tener en cuenta y que vendrá marcado por la entrada en vigor de medidas y tipos contempladas para este año en la Reforma Fiscal y la Ley de promoción del empleo autónomo así como por las nuevas medidas que pueda impulsar el ejecutivo que se forme tras las elecciones del 20D.
En este artículo puedes consultar las medidas fiscales definitivas a las que estaréis sujetos los autónomos y pequeñas empresas durante 2016, además de otras importantes novedades que os afectan directamente, como los cambios en la cuota de autónomos o la LOPD, así como un adelanto de medidas que podrían aprobarse en 2016.

SEGURIDAD SOCIAL – CUOTA DE AUTÓNOMOS
  • Cuota de autónomos 2016: el año nuevo traerá nuevas subidas en las bases de cotización a la Seguridad Social que determinan cuánto hay que pagar por la cuota mensual de autónomos.  Estas subidas se recogen en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2016. La base mínima de cotización sube el 1% desde 884,40 a 893,10 euros mensuales, por lo que la cuota mínima, que es la que paga más del 80% de los autónomos, pasa de 264,44 € a 267,04 euros, lo que supone 31 euros más al año. La de los autónomos societarios sube hasta 318 €. La base máxima de cotización sube también un 1%, pasando de 3.606 a 3.642 euros mensuales.
  • Adecuación de la cuota de autónomos con vistas a la jubilación: como explicamos en nuestro artículo de bases y tipos de cotización, podrán optar libremente entre la base mínima y la máxima los autónomos menores de 47 años y aquellos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2015 que se den de alta por primera vez en 2015 o cuya base de cotización en diciembre de 2015 haya sido igual o superior a 1.945,80 euros al mes. Los trabajadores autónomos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2015 y una base de cotización inferior a 1.945,80 euros mensuales, sólo podrán incrementarla hasta 1.964,70 euros mensuales. En cuanto a los mayores de 48 años a 1 de enero de 2016,  su base de cotización mínima está comprendida entre 963,30 y 1.964,70 euros, salvo excepciones.
  • Tarifa Plana: desde la reciente entrada en vigor de la Ley de fomento del trabajo autónomo, la tarifa plana para nuevos autónomos se redondea a 50 euros exactos durante los primeros seis meses. Además, los autónomos que contraten trabajadores podrán seguir beneficiándose de la misma.
  • Cuota progresiva de autónomos: tres de los cuatro partidos más votados (PSOE, Ciudadanos y Podemos) en las pasadas elecciones del 20 de diciembre llevaban esta medida en su programa, y el cuarto y más votado, el PP, dejaba la puerta abierta. A fecha de hoy está por ver quién y cómo gobierna en 2016 pero lo que parece claro es que el terreno está abonado para una posible aprobación de una cuota progresiva a la seguridad social en la que los autónomos paguen proporcionalmente a sus ingresos y en la que los que no lleguen al salario mínimo estén exentos.
  • Ampliación de la Tarifa Plana para autónomos societarios nuevos: En 2015 se esperaba la extensión de la tarifa plana a este colectivo, pero finalmente la Ley de Promoción del Empleo Autónomo no la incluyó. Dada la injusticia y el freno a la creación de empleo que supone esta exclusión, que penaliza la creación de nuevas sociedades y teniendo en cuenta los programas electorales de los principales partidos con opción de formar gobierno, dejamos abierta una rendija a la posible aprobación de una medida así para finales de 2016.
HACIENDA E IMPUESTOS DE LOS AUTÓNOMOS
  • Retenciones de los profesionales autónomos: se mantienen en el 15% las retenciones que los profesionales autónomos practican en sus facturas. Las retenciones de los nuevos profesionales autónomos serán del 7% durante el año en que se dan de alta y los dos siguientes. Recordemos que estos tipos de retenciones bajaron el pasado mes de julio, adelantando la rebaja que el gobierno tenía prevista para 2016 y 2017.
  • Requisitos para estar en módulos en 2016:  el 1 de enero de 2016 entra en vigor finalmente la primera fase de las medidas de la reforma fiscal destinadas a reducir el número de autónomos que pueden tributar por módulos. Se endurecen los requisitos a cumplir, lo que puede obligar a muchos autónomos en módulos a pasar al régimen de estimación directa: el máximo de ingresos baja de 450.000 a 250.000 euros anuales y el de compras de 300.000 a 250.000 (En 2018 ambos límites bajarán a 150.000). Además quedan excluidas las actividades obligadas a practicar retenciones en sus facturas, es decir, las divisiones 3, 4, y 5 de la sección primera de las Tarifas del IAE, lo que deja fuera de módulos a los sectores de fabricación y construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura…). Y se reduce de 5 a 4 el nº máximo de vehículos en el caso de transporte por carretera y mudanzas.
  • Módulos 2016: Se mantienen los mismos módulos de IRPF e IVA que en 2015 y en años anterioees, al igual que se mantiene la reducción general en el rendimiento neto del 5%.
  • Impuesto de Sociedades: en 2016 será aplicable la segunda fase de la rebaja en los tipos del impuesto de sociedades, que pasan con carácter general del 28% al 25%, desapareciendo los tipos reducidos para empresas de reducida dimensión. En consecuencia, las pymes, que ya contaban con un tipo del 25% para los primeros 300.000 euros de beneficio, sólo se verán beneficiadas si tienen un beneficio superior a dicha cantidad. En cuanto a las sociedades limitadas de nueva creación se mantiene el tipo reducido del 15% durante los dos primeros periodos, no siendo aplicable a entidades patrimoniales.
  • Sociedades civiles: desde el 1 de enero de 2016 las sociedades civiles que tengan un objeto mercantil, es decir, que desarrollen una actividad económica, deberán tributar por el impuesto de sociedades en lugar de hacerlo por el IRPF en atribución de rentas como hasta ahora. En caso de que los socios no quisieran tributar por el impuesto de sociedades dispondrán de seis meses para disolver y liquidar la sociedad civil, aplicándose en ese periodo un régimen fiscal especial para que la operación no tenga coste.
  • Comunidades de Bienes: a pesar de que parecía de que las Comunidades de Bienes (CB) también iban a tener que tributar por el impuesto de sociedades conforme a la aplicación del artículo 7 del impuesto de sociedades, las consultas emitidas por Hacienda indican que se mantiene el régimen de atribución de rentas por el IRPF para las CB.
  • Retenciones de administradores: las retenciones de los administradores y consejeros de pymes que sean sociedades bajan del 37% al 35% y del 19,5% al 19% en el caso de que el volumen de ingresos del último ejercicio sea inferior a 100.000 euros.
CONTRATACION DE TRABAJADORES:
  • Nuevo sistema de tramitación de bajas laborales: a lo largo de 2016 las Comunidades Autónomas irán implantando el nuevo sistema de bajas laborales en vigor desde el 1 de diciembre de 2015 y que contempla periodos de baja predeterminados para determinadas dolencias y enfermedades, la potestad de las mutuas de solicitar el alta de los autónomos si consideran que la persona ya está recuperada y el hecho de que los médicos de urgencias puedan conceder la baja directamente.
  • Bonificaciones en la cotización de trabajadores indefinidos: en agosto de 2016 finaliza el plazo para la solicitud de ayudas de este tipo, consistentes en una bonificación por la que quedan exentos de cotización por contigencias comunes los primeros 500 euros de la nómina del trabajador. Dependiendo del gobierno que se forme veremos si se prorroga esta medida, se amplía o por el contrario se elimina.
LOPD
  • Adaptación a la resolución de Safe Harbor: las pymes y autónomos que almacenen datos personales en servidores de Estados Unidos, por ejemplo las que utilizan Dropbox, Mailchimp o Google Apps, tienen hasta el 29 de enero para adaptarse a las recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para dar respuesta a la resolución Safe Harbor del Tribunal de Justicia Europeo. Para ello deberán firmar un contrato con sus proveedores de servicios donde estos se comprometan a cumplir con los estándares europeos e informar de dicho acuerdo a la AEPD. O como alternativa pasar a trabajar con proveedores con datacenters en Europa.
EMPRENDEDORES
  • Ampliación de la capitalización del desempleo: desde el pasado noviembre los mayores de 30 años también tienen posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para financiar sus inversiones. Además, se permite capitalizar para formar parte de una S.L. Son medidas que en 2016 permitirán que esta medida se extienda a emprendedores que hasta ahora no podían acceder a ella.
  • Compatibilizar el paro con ser autónomo: otra de las novedades importantes de la Ley de Promoción del Empleo Autónomo que ha entrado en vigor a final de 2015 y que tendrá pleno efecto en 2016 es la posibilidad de compatibilizar el cobro del desempleo con el alta en autónomos, pudiendo mantener la prestación durante 9 meses.

Fuente: www.infoautonomos.com

martes, 2 de febrero de 2016

MODELO 347 Y 184 - EJERCICIO 2015

Recordamos a nuestros clientes que durante el presente mes de Febrero debemos presentar ante la Agencia Tributaria el modelo 347 (operaciones con terceros por importe superior a 3.005.06 euros) y el modelo 184 (declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas).
Por ello, rogamos nos remitan toda la información que hayan recibido al respecto de los diversos clientes y proveedores, con objeto de minimizar los posibles errores.

Un atento saludo.
Ldo. Juan A. Núñez Sánchez

domingo, 3 de enero de 2016

IMPUESTOS TRIMESTRALES 4 TRIMESTRE 2015 - DECLARACIONES INFORMATIVAS - RESUMEN ANUAL DE IVA

INFORMAMOS A NUESTROS CLIENTES QUE YA ESTA ABIERTO EL PLAZO PARA LA CONFECCION Y PRESENTACION DE LOS IMPUESTOS TRIMESTRALES CORRESPONDIENTES AL CUARTO TRIMESTRE DE ESTE EJERCICIO 2015, AL IGUAL QUE LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS Y RESUMEN ANUAL DE IVA DEL CITADO EJERCICIO 2015.
EL PLAZO MAXIMO PARA DICHO TRAMITE FINALIZA SEGUN EL SIGUIENTE CUADRO:
* DIA 20/01/2016 (15/01/2016 EN CASO DE DOMICILIACION), MODELOS 111 Y 115
* DIA 01/02/2016 (25/01/2016 EN CASO DE DOMICILIACION), MODELOS 130 - 131 - 303 - 311 - 349 - 390
* DIA 01/02/2016, MODELOS 180 - 190
ROGAMOS PROCEDAN A LA REMISION DE LOS DATOS NECESARIOS PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS REFERIDAS OBLIGACIONES FISCALES A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE, Y SIEMPRE AL MENOS CON CINCO DIAS DE ANTELACION AL VENCIMIENTO DEL PLAZO REFERIDO, NO PUDIENDOSE GARANTIZAR LA CORRESPONDIENTE TRAMITACION EN CASO DE RECEPCION DE LA DOCUMENTACION FUERA DE DICHO PLAZO.

RECIBAN UN ATENTO SALUDO.
LDO. JUAN A. NUÑEZ SANCHEZ