sábado, 1 de agosto de 2015

VACACIONES DE VERANO



INFORMAMOS A NUESTROS CLIENTES QUE DURANTE EL MES DE AGOSTO ESTAREMOS CERRADOS POR VACIONES.
PARA ATENDER LAS URGENCIAS QUE PUDIESEN PRODUCIRSE PUEDE CONTACTARSE POR MEDIO DE SMS O WHATSAPP EN EL NUMERO 652.12.14.46, COMUNICANDO EL OBJETO DE LA URGENCIA Y UN TELEFONO DE CONTACTO.

MUCHAS GRACIAS.
LDO. JUAN A. NUÑEZ SANCHEZ

lunes, 13 de julio de 2015

MODIFICACION DE LOS TIPOS APLICABLES A RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA

Finalmente, tras los anuncios efectuados, las retenciones e ingresos a cuenta quedan instaurados según queda reflejado en los cuadros que se acompañan, consistente en las tablas publicadas en el día de hoy por la Agencia Tributaria, destacando que finalmente la entrada en vigor de la modificación opera a partir del día 12/07/2015, no teniendo por tanto el efecto retroactivo al día 01/07/2015 anunciado.


viernes, 3 de julio de 2015

IMPUESTOS TRIMESTRALES - SEGUNDO TRIMESTRE 2015

INFORMAMOS A NUESTROS CLIENTES QUE YA ESTA ABIERTO EL PLAZO PARA LA CONFECCION Y PRESENTACION DE LOS IMPUESTOS TRIMESTRALES CORRESPONDIENTES AL SEGUNDO TRIMESTRE DE ESTE EJERCICIO 2015.
EL PLAZO PARA DICHO TRAMITE SE INICIO EL DIA 01/07/2015 Y FINALIZA EL PROXIMO DIA 20/07/2015 (15/07/2015 EN CASO DE DOMICILIACION).
ROGAMOS PROCEDAN A LA REMISION DE LOS DATOS NECESARIOS PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS REFERIDAS OBLIGACIONES FISCALES A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE.

UN SALUDO
LDO. JUAN A. NUÑEZ

domingo, 10 de mayo de 2015

CAMPAÑA RENTA 2014

Se informa a nuestros clientes que la campaña de Renta 2014 abarca este ejercicio desde el día 02/05/2015 hasta el 30/06/2015, siendo el día tope para poder domiciliar los pagos inherentes a la misma el día 25/06/2015.
Les recordamos que deben pedir cita para ser atendidos y que pueden hacernos llegar sus datos para la confección de la citada declaración de renta a través de correo electrónico y/o whatsapp/line.

Un saludo.
Ldo. Juan A. Núñez Sánchez

lunes, 20 de abril de 2015

AMPLIACION DEL PLAZO DE PRESENTACION DE DIVERSOS MODELOS TRIBUTARIOS TRIMESTRALES

Durante la presente campaña de impuestos trimestrales, hemos sufrido la constante sucesión de incidencias técnicas en la generación de los modelos tributarios correspondientes, la cual se efectúa por medio de un nuevo sistema on line, habiendo desaparecido la opción de impresión de modelos para su posterior cumplimentación.
Finalmente, todas estas incidencias técnicas, de forma inédita, han provocado la necesidad de ampliación del plazo de presentación de diversos modelos tributarios que simplemente resultaban imposible de generar por este nuevo sistema, debiéndose referir al respecto que ello no significa que el resto de modelos tributarios fueran generados sin problemas, sino que, en muchos casos, después de varios intentos finalmente eran generados.
Lo aún más lamentable es que esta comunicación se efectuó mediante un escueto anuncio en la página web de la Agencia Tributaria y el último día del plazo para la presentación de los impuestos trimestrales.
Por último, indicar que DYASE ha efectuado la correspondiente reclamación a la Agencia Tributaria por la deficiente implantación de este nuevo sistema, puesto que ello no sólo ha supuesto un perjuicio para los profesionales ocasionando un sobreesfuerzo en sus labores sino también, y sobre todo, un perjuicio para los clientes, los cuales no han tenido los documentos en el plazo de habría sido deseable.

Transcripción del anuncio de la Agencia Tributaria:
"Por motivos técnicos se amplia el plazo de presentación de los modelos 123,124,126,128,130,131,136 y 216 hasta el 24 de abril de 2015."

Enlace de la noticia: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Ampliacion_del_plazo_de_presentacion_de_determinados_modelos.shtml


Un atento saludo,
Ldo. Juan A. Núñez Sánchez

viernes, 10 de abril de 2015

AVISO DE ESTAFA

ATENCION. NOTICIA IMPORTANTE.
Aviso de estafa a través de internet/correo electrónico.
En resumen: estafa simulando trámite para la devolución de la declaración de renta. Ojo!, ni hacienda no ninguna otra administración utiliza un trámite tan fácil y rápido (todas las facilidades son para pagar no para cobrar...).
Fuente de la noticia: Policía Nacional
Enlace de la noticia, página web de dicho cuerpo: 

Adjunto foto de la página a continuación


viernes, 3 de abril de 2015

IMPUESTOS TRIMESTRALES PRIMER TRIMESTRE DE 2015

INFORMAMOS A NUESTROS CLIENTES QUE YA ESTA ABIERTO EL PLAZO PARA LA CONFECCION Y PRESENTACION DE LOS IMPUESTOS TRIMESTRALES CORRESPONDIENTES AL PRIMER TRIMESTRE DE ESTE EJERCICIO 2015.
EL PLAZO PARA DICHO TRAMITE SE INICIO EL DIA 01/04/2015 Y FINALIZA EL PROXIMO DIA 20/04/2015 (15/04/2015 EN CASO DE DOMICILIACION).
ROGAMOS PROCEDAN A LA REMISION DE LOS DATOS NECESARIOS PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS REFERIDAS OBLIGACIONES FISCALES A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE.

UN SALUDO
LDO. JUAN A. NUÑEZ

martes, 3 de marzo de 2015

REFORMA DE LA LEY DE TASAS JUDICIALES

Después de dos años y medio denunciando la injusticia de las tasas judiciales y el auténtico freno que ha supuesto en el acceso a la justicia, sobre todo en la apelación o en ámbitos como el administrativo sancionador, se ha modificado la Ley 10/2012; desde el 1 de marzo de 2015, las personas físicas están exentas del abono de la tasa en todas las instancias y ya no tienen que cumplimentar el modelo 696.

 

martes, 10 de febrero de 2015

RETRIBUCION DE LOS SOCIOS TRABAJADORES DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL

¿Los autónomos societarios pueden ponerse nómina? Esta es precisamente una de las preguntas más habituales. Tras las medidas anunciadas en la Reforma Fiscal y la nueva Ley del IRPF, que entró en vigor este 2015, parece que este año las reglas del juego han cambiado drásticamente.
Así, desde el pasado 1 de enero, la retribución recibida en concepto de prestación de servicios profesionales por autónomos que participen en una sociedad será considerada como rendimiento de actividades económicas. ¿Qué quiere decir esto?, básicamente, que los autónomos societarios que desempeñen una actividad profesional remunerada para su sociedad, es decir, los autónomos que son socios trabajadores, deberán cobrar por factura y no por nómina, siempre y cuando su cotización se efectúe en el régimen de autónomos o en una mutualidad que actúe como alternativa al RETA (RETA: régimen especial de trabajadores autónomos). Además, la presentación de esta factura conlleva la preceptiva repercusión del IVA (normalmente al tipo general del 21%)

Recordemos que, hasta hace poco, era habitual y estaba enormemente extendido en las PYMES españolas que los socios fuesen a su vez trabajadores de sus sociedades percibiendo, como un trabajador más, su correspondiente salario a través de una nómina. Sin embargo, la nueva normativa establece unos criterios mucho más rígidos a la hora de determinar si los rendimientos obtenidos proceden del trabajo (los rendimientos de los trabajadores asalariados) o de actividades económicas (rendimientos obtenidos por autónomos, empresarios y profesionales independientes).
Para que los socios trabajadores se vean en la obligación de emitir factura por los servicios prestados en vez de percibir un salario, deben concurrir las siguientes circunstancias:
  1. Que los rendimientos provengan de una entidad de la que sea socio con independencia de si es administrador o no.
  2. Que deriven de la realización de actividades profesionales
  3. Que el perceptor esté incluido en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA), o en una mutualidad de previsión social que actúe como alternativa al citado régimen especial.

Por lo tanto, a partir de ahora, los socios autónomos trabajadores deberán comenzar a cumplir con todos los requisitos que conlleva ser empresario individual.
  • En primer lugar, a nivel de renta ya no tributará como rendimientos del trabajo sino como actividades económicas, aunque esto le permitirá deducir más gastos.
  • En segundo lugar, se incrementará la carga burocrática y administrativa, teniendo que realizar facturas, llevar libros, hacer declaraciones trimestrales y anuales de IVA e IRPF, darse de alta en el censo de empresarios, etc.
Fuente: www.infoautónomos.com

lunes, 2 de febrero de 2015

MODELOS 347 Y 184

Recordamos a nuestros clientes que durante el presente mes de Febrero debemos presentar ante la Agencia Tributaria el modelo 347 (operaciones con terceros por importe superior a 3.005.06 euros) y el modelo 184 (declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas).
Por ello, rogamos nos remitan toda la información que hayan recibido al respecto de los diversos clientes y proveedores, con objeto de minimizar los posibles errores.

Un atento saludo.
Ldo. Juan A. Núñez Sánchez

jueves, 8 de enero de 2015

lunes, 5 de enero de 2015

IMPUESTOS TRIMESTRALES CUARTO TRIMESTRE DE 2014 Y RESUMENES ANUALES

INFORMAMOS A NUESTROS CLIENTES QUE YA ESTA ABIERTO EL PLAZO PARA LA CONFECCION Y PRESENTACION DE LOS IMPUESTOS TRIMESTRALES CORRESPONDIENTES AL CUARTO TRIMESTRE DE ESTE EJERCICIO 2014, AL IGUAL QUE LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS Y RESUMEN ANUAL DE IVA DEL CITADO EJERCICIO 2014.
EL PLAZO MAXIMO PARA DICHO TRAMITE FINALIZA SEGUN EL SIGUIENTE CUADRO:
* DIA 20/01/2015 (15/01/2015 EN CASO DE DOMICILIACION), MODELOS 111 Y 115
* DIA 30/01/2015 (25/01/2015 EN CASO DE DOMICILIACION), MODELOS 130 - 131 - 303 - 311 - 349 - 390
* DIA 02/02/2015, MODELOS 180 - 190
 
ROGAMOS PROCEDAN A LA REMISION DE LOS DATOS NECESARIOS PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS REFERIDAS OBLIGACIONES FISCALES A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE, Y SIEMPRE AL MENOS CON CINCO DIAS DE ANTELACION AL VENCIMIENTO DEL PLAZO REFERIDO, NO PUDIENDOSE GARANTIZAR LA CORRESPONDIENTE TRAMITACION EN CASO DE RECEPCION DE LA DOCUMENTACION FUERA DE DICHO PLAZO.

RECIBAN UN ATENTO SALUDO.
LDO. JUAN A. NUÑEZ SANCHEZ