viernes, 24 de abril de 2020

CRISIS COVID-19 (CORONAVIRUS) - ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERIA DE SEVILLA A PARTIR DEL DIA 24/04/2020




ACTUALIZACIÓN DE LA NOTICIA PUBLICADA A LAS 12:00


LA CONTRADICCIÓN TAMBIÉN SE APODERA DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, EN UNA MUESTRA MAS DE QUE LA DESCORDINACIÓN TAMBIÉN ES CONTAGIOSA...

ABC DE SEVILLA PUBLICA LA MARCHA ATRÁS DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA RESPECTO DE LA NOTICIA PUBLICADA HACE SOLO UNAS HORAS.


ENLACE DEL A NOTICIA: https://sevilla.abc.es/sevilla/sevi-ayuntamiento-sevilla-rectifica-y-deja-suspenso-norma-permite-abrir-bares-202004241257_noticia.html?ns_campaign=rrss&ns_mchannel=abcdesevilla-es&ns_source=fb&ns_linkname=seccion&ns_fee=0


El Ayuntamiento de Sevilla rectifica y «deja en suspenso» la norma que permite abrir a los bares

El alcalde ha decidido dejar sin efecto la orden firmada por su jefe de Protección Ambiental ante las presiones externas recibidas tras la exclusiva de ABC, aunque deja la decisión final en manos de la Delegación del Gobierno

ABC publica el documento del Ayuntamiento que permite abrir los bares en Sevilla

El Ayuntamiento, reunido de urgencia en gabinete de crisis tras la información publicada por ABC en la que se desvela un informe del jefe de Protección Ambiental municipal para la reapertura de los bares con servicio para recogida, ha decidido «dejar en suspenso» el informe elaborado por este funcionario y publicado por este periódico «sobre la recogida in situ de productos en establecimientos de hostelería». El alcalde ha decidido tomar esta medida tras la presiones externas recibidas al conocerse la noticia.
Según han explicado a ABC fuente municipales, «la Policía Local solicitó al servicio de Protección Ambiental un informe que aclarara las condiciones en las que se puede desarrollar la actividad hostelera de venta a domicilio de acuerdo con la normativa vigente ante las dudas existentes entre la normativa autonómica y estatal». Según esta normativa, «los establecimientos de hostelería sólo pueden abrir para el desarrollo de la actividad de venta a domicilio. Pero había una diferencia. En la normativa estatal no está permitida la recogida in situ y en la autonómica si está permitida», explica el Ayuntamiento.
En este sentido, «se elaboró por parte del jefe de servicio de Protección Ambiental un informe para aclarar la situación en el que se basa en la orden de la junta de Andalucía del 15 de marzo para señalar que si se puede recoger in situ. Este informe se ha incluido en la orden del cuerpo de la Policía Local de hoy para fijar un criterio de aplicación de la normativa». Concretamente, el informe está en la orden del Cuerpo desde el día 22 por la tarde.
Sin embargo, Espadas ha decidido pedir otro informe complementario. «A raíz de la inclusión en la orden del cuerpo el gobierno ha solicitado informe complementario a los servicios jurídicos municipales. Este informe concluye que la orden de la Junta de Andalucía no tiene validez al ser anterior al decreto de alarma y que por tanto la actividad permitida para los establecimientos de hostelería es exclusivamente la entrega a domicilio y no la recogida en el establecimiento», explica ahora el Ayuntamiento.
En consecuencia, el informe del jefe de servicio de Protección Ambiental queda sin validez y en suspenso «salvo indicación contraria por parte de la Delegación del Gobierno al considerarse erróneo el criterio aplicado basado en la orden de la junta de Andalucía». Es decir, el alcalde ha rectificado a su jefe de Protección Ambiental tras la repercusión que ha generado la noticia de ABC.




NOTICIA PUBLICADA A LAS 12:00

NOS HACEMOS ECO DE LA NOTICIA PUBLICADA EL 24/04/2020 EN EL PERIODICO ABC DE SEVILLA, CUYO ENLACE SE ADJUNTA:
https://sevilla.abc.es/sevilla/sevi-coronavirus-sevilla-bares-sevilla-podran-reabrir-desde-para-servicio-recogida-202004232142_noticia.html


Los bares de Sevilla podrán reabrir desde hoy para servicio de recogida

El Ayuntamiento permitirá esta actividad con una serie de requisitos: distancia de seguridad, mascarillas y sólo la carta que tenían antes del cierre. Pueden acogerse a esta medida hasta los bares de copas


Los bares y restaurantes de Sevilla podrán recuperar su actividad y vender a sus clientes «in situ» a partir de hoy. Los clientes podrán ir a los establecimientos y pedir tapas y bebidas, aunque para consumirlas en sus casas. Una orden interna de la Policía Local emitida ayer aclara a los agentes que a partir de hoy mismo esta actividad estará permitida, aunque tanto los hosteleros como los clientes tienen que cumplir unas normas de distancia social y uso de guantes y mascarillas. Con esta propuesta, el Ayuntamiento intenta dar apoyo al sector, que tiene sus negocios cerrados desde hace 40 días en plena temporada alta, con el consiguiente perjuicio que eso está generando a sus cuentas de resultados.
La propuesta de la Delegación de Transición Ecológica y Deportes se produce después de las negociaciones entre la patronal y el delegado de Hábitat Urbano, Antonio Muñoz, para relanzar la economía sevillana y se ajustan, según el documento al que ha tenido acceso este periódico, a las exigencias marcadas en el decreto de estado de alarma emitido por el Gobierno el pasado 13 de marzo. Según la normativa aplicable a la que hace alusión la orden, este decreto dice que «estará prohibido servir comidas y bebidas fuera del propio establecimiento público y de las terrazas y veladores destinados a este fin, sin perjuicio de la posibilidad de venta o entrega in situ a las personas consumidoras finales de las mismas comidas y bebidas servidas en el establecimiento público, con o sin reparto a domicilio». El decreto suspende todas las actividades de hostelería y restauración, pero permite que se presten «servicios de entrega a domicilio». Y acogiéndose a esta norma, el Ayuntamiento ha elaborado una especie de reglamento para que la actividad de la hostelería se recupere cuanto antes. Concretamente, explica que el decreto da «la posibilidad» de que este servicio de recogida in situ o de reparto a domicilio para consumo fuera del propio establecimiento permite a los bares actuar «sin que fuese necesario obtener una legalización adicional como establecimiento de venta al por menor de alimentos y bebidas».
La disposición municipal añade también que «la posibilidad de recogida que permite la disposición autonómica amplía en alguna medida lo dispuesto en las normas estatales», por lo que «en aplicación conjunta de todas las normas», sería posible abrir los bares con una serie de requisitos. En primer lugar, «únicamente podrán entregarse in situ previo encargo o servirse a domicilio comidas (elaboradas en sus cocinas o precocinadas con las garantías sanitarias correspondientes) y bebidas que figuraran entre los ofrecidos en su día para su consumo habitual en el establecimiento». Es decir, se puede seguir sirviendo la carta habitual.





La segunda exigencia es que «las comidas y bebidas retiradas o entregadas se destinarían a un consumidor final y en ningún caso podrían ser objeto de intermediación o reventa». Los bares tampoco podrán cambiar la configuración de sus instalaciones para llevar a cabo este servicio y tendrán que servir a los clientes en función de su aforo. «Las operaciones de entrega deben organizarse de manera que el número de clientes en el establecimiento fuese tal que permitiese evitar aglomeraciones y que consumidores y empleados pudiesen mantener la distancia de seguridad establecida a fin de evitar posibles contagios», especifica la orden.

En el horario habitual

Tampoco podrá ampliarse el horario de mercado para la actividad de hostelería legalizada y en zonas acústicamente saturadas el horario seguirá siendo de 8 a 22 horas. Eso sí, sigue prohibida la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas a partir de las diez de la noche y, por supuesto, la venta de alcohol a menores. Otra medida que hay que cumplir es que la actividad de entrega al consumidor final tiene que realizarse en el interior del local y no en la calle, por lo que están prohibidos los mostradores hacia la calle y servir a través de ventanas. Por último, «tanto la clientela como los trabajadores deberán adoptar las medidas higiénico-sanitarias aplicables a las actividades de comercio minorista de alimentación».
Esta orden afecta a los establecimientos de hostelería sin música y con música, lo que quiere decir que también pueden prestar el servicio a domicilio los bares de copas. Por lo tanto, a partir de hoy mismo los bares de Sevilla que quieran hacerlo ya pueden volver a encender sus fogones.
El propio Ayuntamiento admite en su escrito que este tema es «candente» porque afecta a muchos negocios de la ciudad y aclara que «el presente informe se emite salvo superior criterio y sujeto a las posibles disposiciones normativas que pudieran imponerse desde las administraciones estatal, autonómica o municipal derivadas de la vigente declaración del estado de alarma». De momento, la actividad está permitida y, si los propietarios de los bares deciden abrir sus establecimientos, hoy mismo se podrá ir al restaurante más próximo a pedir una tapa de ensaladilla, de pavías o de bacalao con tomate.
EL INFORME MUNICIPAL:




FUENTE: ABC DE SEVILLA
AGRADECIMIENTOS: DOLIUM REFORMAS. www.doliumreformas.es