PRIMERA PUBLICACION 09/11/2020
ACTUALIZADO A FECHA 10/11/2020
CARTEL ANUNCIADOR PARA ESTABLECIMIENTOS AFECTADOS POR EL CIERRE:
PUEDE
DESCARGAR LA INFORMACIÓN EDITADA POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA EL DÍA 10/11/2020 EN LA ZONA DE DESCARGA DE DOCUMENTOS, PUEDE ACCEDER A ESTA ZONA PULSANDO
AQUÍ. (documento denominado "COVID DESDE 10-11-2020 - JUNTA DE ANDALUCÍA")
NOTICIA ORIGINAL PUBLICADA EL 09/11/2020
La
Junta de Andalucía ha anunciado este domingo las nuevas medidas para
luchar contra el coronavirus que entrarán en vigor en toda la comunidad a
las 00.00 horas del martes 10 hasta el 23 de noviembre.
Estas
son las principales medidas:
- Cierre de la actividad no
esencial a partir de las 18 horas.
Decreta el cierre de toda actividad no esencial a partir de las 18
horas.
- Ampliación del toque de queda. El toque de queda se extenderá
desde las 22.00 hasta las 07.00 horas.
- Confinamiento de todos los
municipios de Andalucía.
Confinamiento perimetral en todas las localidades de la comunidad, de las que
sólo se podrá entrar y salir de forma justificada.
- Cierre perimetral de Andalucía. Mantiene el cierre perimetral de la
comunidad hasta el 23 de noviembre.
-
Colegios e institutos se mantienen abiertos y clases online en la Universidad.
La universidad tiene que impartir las clases de forma telemática y on line
salvo en las prácticas y la experimentación.
- Cierre
de toda la actividad no esencial en Granada. Cierre completo de
toda actividad no esencial en toda la provincia.
ACTIVIDADES
ESENCIALES:
a)
La actividad industrial.
b)
Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos
y
bienes
de primera necesidad.
c)
Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
d)
Los servicios profesionales y empleados del hogar.
e)
Los servicios sociales y sociosanitarios.
f)
Los centros o clínicas veterinarias.
g)
Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la
automoción.
h)
Las estaciones de inspección técnica de vehículos.
i)
Los servicios de entrega a domicilio.
j)
Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de
alimentos
con carácter solidario o benéfico.
k)
Los velatorios.
l)
Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire
libre,
siempre
que no se trate de deportes de contacto y centros deportivos para la práctica
del
deporte
federado en espacios deportivos cubiertos en categoría de edad desde los 16
años
hasta la categoría absoluta.
m)
Puntos de encuentro familiar.
n)
Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio.
DESPLAZAMIENTOS
AUTORIZADOS PARA:
a)
Asistencia a centros, servicios y establecimientos
sanitarios.
b)
Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales,
empresariales, institucionales o legales.
c)
Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos,
incluidas las escuelas de educación infantil.
d)
Retorno al lugar de residencia habitual o
familiar.
e) Asistencia
y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con
discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f)
Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones
de repostaje en territorios limítrofes.
g) Actuaciones
requeridas o urgentes ante los órganos públicos,
judiciales o notariales.
h) Renovaciones
de permisos y documentación oficial, así como otros trámites
administrativos inaplazables.
i)
Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j)
Desplazamiento para la realización de actos de recolección en
huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la
atención y alimentación de animales domésticos.
k)
Desplazamiento para la adquisición de productos de alimentación por
quienes tengan su residencia habitual en localidades que, siendo de otro
término municipal, carezcan de establecimientos que permitan la adquisición de
tales productos y sean localidades limítrofes con los municipios con limitación
de movilidad.
l)
Asistencia a centros de atención veterinaria por
motivos de urgencia.
m)
Desplazamientos de deportistas de categoría absoluta,
de alto nivel o de alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados,
para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren
autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias, que se acreditarán
mediante licencia deportiva o certificado federativo.
n)
Por causa de fuerza mayor o situación de
necesidad.
ñ)
Cualquier otra actividad de análoga naturaleza,
debidamente acreditada.
EXCEPCIONES AL TOQUE
DE QUEDA:
a)
Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros
bienes de primera necesidad.
b)
Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c)
Asistencia a centros de atención veterinaria por
motivos de urgencia.
d)
Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales,
empresariales, institucionales o legales.
e) Retorno
al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades
previstas en este apartado.
f) Asistencia
y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con
discapacidad o persona especialmente vulnerables.
g) Repostaje
en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte
necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos
anteriores.
h)
Los partidos de competiciones deportivas de
carácter profesional y ámbito estatal oficialmente reconocidas, y los partidos
de carácter internacional organizados por FIFA, UEFA, FIBA y Euroliga de
baloncesto.
i) Actividades
de lonjas pesqueras, centros de expedición de primeras ventas, mercados
centrales y lonjas de abastecimiento de productos
agroalimentarios.
j)
Por causa de fuerza mayor o situación de
necesidad.
k)
Cualquier otra actividad de análoga naturaleza,
debidamente acreditada.
ACCESO A LAS DISPOSICIONES QUE CONTIENEN ESTAS MEDIDAS ACTUALIZADO A FECHA 10/11/2020:
Decreto del Presidente 9/2020, de 8 de noviembre:
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/577/BOJA20-577-00005-13582-01_00180843.pdf
Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se crean los grados de los niveles 3 y 4:
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/577/BOJA20-577-00009-13583-01_00180844.pdf
Corrección de errores de la Orden de 8 de noviembre de 2020:
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/578/BOJA20-578-00004-13689-01_00180955.pdf
BOJA COMPLETO EXTRAORDINARIO DE MEDIDAS DEL 08/11/2020: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/577/s1.html
BOJA COMPLETO EXTRAORDINARIO DE MEDIDAS DEL 09/11/2020: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2020/578/index.html