Por fin la
ampliación de tarifa plana para autónomos de Andalucía se ha hecho realidad,
las diferentes ayudas para
autónomos incluidas en el Programa de estímulo a la creación y consolidación del
trabajo autónomo en Andalucía cuentan con 28,6 millones de presupuesto.
1. Requisitos de la
ampliación de Tarifa Plana en Andalucía:
Las nuevas líneas de ayudas tienen por objeto cubrir
los costes de las cuotas de cotización a la Seguridad Social de los autónomos, extendiendo la tarifa plana estatal de 60
euros a dos años.
Esta ampliación de la tarifa plana es
totalmente compatible con otras ayudas
para autónonomos de Andalucía, ya sean públicas o privadas, nacionales o
internacionales. La única condición es que el importe de las mismas,
aisladamente o en conjunto, no supere el coste del objeto de la subvención.
Requisitos
para ser beneficiario de la tarifa plana para autónomos de Andalucía:
- alta en
el RETA o en
el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
- tener residencia
y domicilio fiscal en Andalucía.
- ser beneficiario de
la tarifa plana, en
cualquiera de sus variantes por edad o actividad.
- no tener deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- permanecer de alta como
autónomo y
efectuar el pago de las cuotas a la Seguridad Social, al menos durante el periodo de duración de la subvención.
En el caso de los beneficiarios de la tarifa plana rural, se añade además
cumplir con los requisitos para ser beneficiario de esta variante de la
tarifa plana.
- mucho cuidado con esto, por el incumplimiento de estas condiciones
determinará el reintegro de la ayuda, con recargo más intereses.
Tendrán especial consideración, en
cuanto a la duración y cantidad de la subvención:
- Mujeres
trabajadoras autónomas que sean beneficiarias de la tarifa plana rural
para autónomos en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- Autónomos menores de 30 años.
- Mujeres trabajadoras autónomas, incluidas en el RETA, que han cesado
su actividad por maternidad y que reúnen los requisitos para ser
beneficiarias de la tarifa
plana para reincorporación tras la maternidad.
La primera convocatoria
abarcará del 30 de julio de 2019 al 30 de septiembre de 2021. Para ejercicios
futuros, dependerá totalmente del presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía. En el caso de agotar el presupuesto, la Junta lo haría público.
2. Duración y
cuantía de la subvención:
La duración y cantidad dependerá del perfil del autónomo. No obstante, en todos
los casos el abono de la subvención será un pago anticipado del 100% de las
ayudas.
A) Ampliación de la
Tarifa plana de Andalucía genérica:
Incluimos en este primer apartado, tanto
a los autónomos del RETA, como a aquellos autónomos incluidos en el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, pues las condiciones son
muy similares.
- autónomos RETA: como beneficiarios de la ayuda, podrán seguir pagando 60 euros de
cuota de autónomo hasta 12 meses más, a partir del mes 13 desde su fecha
de alta en el RETA. Es decir, podrán pagar 60 euros de cuota durante 24
meses.
- autónomos agrarios: en este caso hablamos de 24 meses
pagando 50 euros, pues recuerda que una de las novedades 2019 de la tarifa
plana, es que
los autónomos agrarios beneficiarios de esta bonificación pagan de cuota
de autónomos 50 euros en vez de 60. La ampliación por parte de la Junta
comprenderá del mes 13 al 24 desde la fecha de alta como autónomo.
Este grupo podrá solicitar
la ayuda 2 meses antes de que caduque la tarifa plana estatal, es decir en
el mes 11 y 12 preferiblemente, o hasta el último día del mes 13.
B) Ayudas para autónomas
de Andalucía que residan y desarrollen su actividad en un municipio de menos de
5.000 habitantes:
El nuevo Gobierno de la Junta lleva
mucho tiempo hablando de esta cuota de autónomo reducida.
Las autónomas que inicien sus negocios
en localidades andaluzas de menos de 5.000 habitantes podrán pagar al mes una cuota única de 30 euros, en vez de 60,
durante los primeros 12 meses de alta.
El segundo tramo de la ayuda, también de 12 meses de duración, consistirá también en el pago de una cuota de 30 euros.
En total hablamos de una cuota única de 30 euros durante los primeros 24 meses del negocio.
Este grupo podrá solicitar la tarifa
plana de Andalucía durante los 2 meses después de la fecha de alta como
autónomos.
Si te diste de alta
desde el 1 de enero de 2019 hasta la fecha de la convocatoria (30 julio), tendrás
de plazo para solicitar esta subvención autonómica hasta 2 meses desde la
convocatoria, es decir, hasta el 30 de septiembre.
C) Ampliación tarifa
plana para autónomos menores de 30 años:
Exactamente igual que
en el caso anterior, si eres autónomo menor de 30 años, pagarás durante 24
meses una cuota de autónomo única de 30 euros. Los plazos de solicitud también
serán los mismos que en el caso de autónomas en poblaciones de menos
de 5000 habitantes.
D) Autónomas con tarifa
plana por reincorporación tras maternidad:
Esta línea de la ayuda está pensada para
autónomas cotizando en el RETA, con derecho a acogerse a la tarifa plana tras
el cese de actividad por baja maternal, ya sea nacimiento de hijo o hija,
adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela.
La subvención consistirá en el abono de
una cuota de autónoma de 60 euros, con una duración de 12 meses, a contar
desde el mes 13 al 24 desde la fecha de alta en el RETA. Es decir, una vez
concluya la tarifa plana estatal, podrás pagar 60 euros durante un año más.
El plazo para solicitar la
ampliación será en los dos últimos meses de la ayuda estatal; es decir, en el
mes 11 y 12.
No te pierdas nuestro
artículo con toda la información sobre esta tarifa plana para mujeres que se
reincorporan al trabajo autónomo después de ser madres.
3. Documentación
para solicitar la tarifa plana en Andalucía:
En el apartado de la documentación, el objetivo básico es demostrar que
efectivamente estás dado de alta en el RETA, que tienes derecho a recibir la
subvención de la Junta de Andalucía para emprendedores y que, efectivamente,
eres beneficiario de la tarifa plana estatal.
Por tanto, los documentos a adjuntar
en tu solicitud son:
- DNI/NIE/NIF.
- modelo 036, 037 o DUE, para acreditar tu alta en Hacienda.
- certificado de empadronamiento.
- Informe de Vida Laboral actualizado, emitido por la Tesorería General
de la Seguridad Social, para acreditar tu alta en la Seguridad Social.
- Informe de Datos para la Cotización/Trabajadores por Cuenta
Propia-Información por Período de Liquidación emitido por la Tesorería General
de la Seguridad Social.
- acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria se efectuará
mediante declaración responsable.
Además, según la normativa
deberías entregar hasta 3 declaraciones
responsables:
- declaración responsable en la que indiques que efectivamente cumples
con todos los requisitos para ser beneficiario de esta subvención para
autónomos de la Junta de Andalucía.
- declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos que hayas solicitado, o te hayan concedido, indicando
tanto la entidad encargada de la misma, fecha y cantidad.
- declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados
en la solicitud.
4. Cómo presentar
la solicitud:
En principio, según reza la orden de la ayuda, es obligatorio solicitarla
online, con tu correspondiente certificado electrónico, en la web de
la Junta de Andalucía, rellenando toda la documentación relacionada y
entregando todos los documentos que te hemos indicado en el anterior punto.
Puedes encontrar más info en la web
que la Junta de Andalucía ha publicado para ofrecer información ampliada de
las ayudas para autónomos.
5. Otras ayudas
para autónomos en Andalucía:
Además de la ampliación de tarifa plana para autónomos
de Andalucía, la Junta ha aumentado un
30% el presupuesto para hacer frente a las ayudas incluidas en el Programa de
Emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las
empresas de trabajo autónomo.
Además, se anticipa el 100% de la subvención y el requisito de ser demandante de
empleo queda eliminado.
A continuación te resumimos las subvenciones existentes:
- ayudas para el inicio de la actividad: tras la modificación la ayuda
alcanza los 5.000 euros para autónomas hasta 35 años, autónomos hombres
hasta 30 y los jóvenes emprendedores que comiencen su negocio después de
un contrato de formación y aprendizaje. Para autónomos mayores de 30 años
la ayuda pasa de 2.600 a 3.800 euros.
- subvenciones Segunda Oportunidad de la Junta de Andalucía: podrás acogerte a esta ayuda
si cerraste tu actividad por circunstancias no imputables a la misma. La
subvención es de 5.000 euros para autónomas de hasta 35 años y autónomos
de hasta 30 años, y de 3.800 en el caso de autónomas mayores de 35 años y
autónomos mayores de 30 años.
- ayudas para que los autónomos puedan crear empleo indefinido: 6.000 euros por contrato y
3.000 euros por transformación de aprendiza a indefinido. Uno de los
cambios importantes es que podrás solicitar esta subvención para contratos
formalizados hasta 12 meses previos a la fecha de solicitud.
- subvenciones en Andalucía para fomentar la competitividad: 20.000 euros para invertir en
activos fijos.
Fuente: Txerpa