viernes, 13 de diciembre de 2024

DECORACION NAVIDEÑA


 


¿ Existe alguna limitación a la decoración navideña...?


Cada vez vemos más ventanas y balcones decorados con iluminación o adornos navideños: tiras de luces led, guirnaldas, Papá Noel o Reyes magos colgantes, carteles festivos luminosos…  - 

Si bien a priori estos elementos puramente decorativos no acostumbran a afectar a la seguridad en el inmueble, lo cierto es que existen algunos límites y regulaciones a tener en cuenta al decorar los balcones de las viviendas ubicadas en edificios colectivos. Vamos a analizar qué dice la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) sobre los adornos en balcones y si es necesario solicitar el consenso de la junta de propietarios para poder colocarlos.

Al colocar la decoración navideña (o de cualquier otra índole), se debe respetar lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal, en las ordenanzas municipales de la localidad en la que se ubique la vivienda y, además, los adornos iluminados deben cumplir con la normativa europea de seguridad eléctrica. 


Ley de Propiedad Horizontal (LPH)

El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), «al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas».

El balcón, aunque sea un elemento privativo, se encuentra en la fachada del edificio, por lo que los elementos que se coloquen no deben suponer un riesgo para los peatones, para la seguridad del inmueble o generar molestias a los vecinos. Por ejemplo, si las luces son demasiado brillantes y hay una iluminación excesiva o las decoraciones tienen sonidos muy ruidosos y molestos, los vecinos podrían quejarse.

En ese caso, el presidente de la comunidad podría «requerir a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas». Por lo tanto, antes de decorar el balcón con ciertos adornos que podrían considerarse molestos, se debería revisar qué dicen los estatutos de la comunidad para comprobar si existen limitaciones y evitar situaciones incómodas. 


Ordenanzas Municipales

Por otro lado, además de cumplir con las reglas internas de las comunidad de vecinos o la LPH, muchas ciudades de España también cuentan con normas sobre el aspecto exterior de las fachadas. Si bien es cierto que las ordenanzas municipales no suelen mencionar explícitamente qué decoraciones navideñas están prohibidas, sí pueden establecer normas sobre la decoración de balcones y terrazas que sobresalen peligrosamente o que puedan suponer un riesgo para los peatones (figuras colgantes mal sujetadas, por ejemplo)


Normativa europea sobre iluminación

También, cabe mencionar que las luces de Navidad que se coloquen en balcones deben contener el sello CE, que indica el cumplimiento de la normativa europea en términos de seguridad. Por lo tanto, al adquirirlas, habrá que revisar el etiquetado para comprobar que, efectivamente, cuenta con el sello CE para garantizar la seguridad en términos de inflamabilidad del material, ante sobrecargas o el agua de la lluvia.


¿ Qué podemos poner ?

Así las cosas, debemos tener en cuenta que los adornos navideños deben ser seguros para poder colocarse en los balcones de las viviendas. No obstante, además, los propietarios de las viviendas, al vivir en una comunidad de vecinos, deben respetar las normas estipuladas en los estatutos sobre el aspecto del exterior de la fachada. 

Cabe recordar que, en cuanto a la iluminación de ventanas y balcones, las comunidades pueden estipular normas estéticas, por lo que habrá que respetar la decisión de la junta. Si no existe una normativa expresa, se puede consultar previamente si hay algún problema en colocar adornos navideños en el balcón o en las zonas comunes del edificio.

Se pueden poner:

- Guirnaldas o adornos que no sobresalgan.

- Mini árboles o plantas decoradas debidamente sujetos

- Figuras que se apoyen en el suelo del balcón.

- Iluminación que cumpla con la normativa.



Pero sobre todo....FELIZ NAVIDAD






DYASE ABOGADOS

Fuente: Fotocasa (Adevinta)