martes, 2 de mayo de 2017
CAMPAÑA RENTA 2016
Se informa a nuestros clientes que la campaña de Renta 2016 abarca hasta el 30/06/2017, siendo el día tope para poder domiciliar los pagos inherentes a la misma el día 25/06/2017.
Les recordamos que deben pedir cita para ser atendidos y que pueden hacernos llegar sus datos para la confección de la citada declaración de renta a través de correo electrónico y/o whatsapp.
Atentamente,
Ldo. Juan A. Núñez Sánchez
lunes, 3 de abril de 2017
IMPUESTOS TRIMESTRALES PRIMER TRIMESTRE 2017
INFORMAMOS A
NUESTROS CLIENTES QUE YA ESTA ABIERTO EL PLAZO PARA LA CONFECCION Y
PRESENTACION DE LOS IMPUESTOS TRIMESTRALES CORRESPONDIENTES AL PRIMER TRIMESTRE DE ESTE EJERCICIO 2017.
EL PLAZO PARA
DICHO TRAMITE SE INICIO EL DIA 01/04/2016 Y FINALIZA EL PROXIMO DIA
20/04/2016 (15/04/2016 EN CASO DE DOMICILIACION).
ROGAMOS PROCEDAN A LA REMISION DE LOS DATOS NECESARIOS PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS REFERIDAS OBLIGACIONES FISCALES A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE.
UN SALUDO
LDO. JUAN A. NUÑEZ
viernes, 17 de febrero de 2017
GASTOS DE CONSTITUCION DEL PRESTAMO HIPOTECARIO
CON OBJETO DE CLARIFICAR A NUESTROS CLIENTES CUALES SERIAN LOS GASTOS DE CONSTITUCION DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS CUYO REEMBOLSO PUEDE SOLICITARSE A LAS ENTIDADES DE CREDITO PRESTATARIAS, ADJUNTAMOS UNOS MODELOS DE LA DOCUMENTACION QUE USUALMENTE SE ACOMPAÑAN A LAS ESCRITURAS DE LOS REFERIDOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS, A SABER:
1. HOJA DE LIQUIDACION Y HONORARIOS DE LA GESTORIA
2. FACTURA DE NOTARIA
3. MODELO 600, PAGO DEL IMPUESTO DE ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS
4. FACTURA DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD.
TODOS LOS MODELOS TIENE ELIMINADOS LOS DATOS PERSONALES CON OBJETO DE DAR CUMPLIMIENTO A LA LODP
domingo, 12 de febrero de 2017
GESTION DE DEVOLUCIONES POR CLAUSULA SUELO Y GASTOS DE FORMALIZACION DE PRESTAMOS HIPOTECARIOS
EN LAS ULTIMAS FECHAS, DOS RESOLUCIONES JUDICIALES HAN MARCADO UNA CLARA DIRECTRIZ AL RESPECTO DE LA CONTROVERSIA DE LA APLICACION DE LAS CLAUSULAS SUELO DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS Y DE LOS GASTOS DE FORMALIZACION DE LOS MISMOS.
INFORMAMOS QUE DE TENEMOS A SU DISPOSICION NUESTRO SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y GESTION PARA LA DEVOLUCION DE LAS CANTIDADES QUE INDEBIDAMENTE HAYAN SATISFECHO COMO GASTOS DE FORMALIZACION Y COMO APLICACION DE LA CLAUSULA SUELO DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS.
NO DUDEN CONTACTAR CON NOSOTROS Y CONCERTAR CITA POR LOS MEDIOS QUE USUALMENTE UTILIZAN:
- TELEFONO: 954090940
- CORREO ELECTRONICO: red@dyase.com / juan@dyase.com
- WHATSAPP: 652121446
UN ATENTO SALUDO.
Ldo. Juan A. Núñez Sánchez
domingo, 5 de febrero de 2017
MODELO 347 EJERCICIO 2016
Recordamos a nuestros clientes que durante el presente mes de Febrero debemos presentar ante la Agencia Tributaria el modelo 347 (operaciones con terceros por importe superior a 3.005.06 euros).
Por ello, rogamos nos remitan toda la información que hayan recibido al respecto de los diversos clientes y proveedores, al igual que les informamos que contactaremos con los mismos para confirmar y comprobar la información con la que ya contamos, todo ello con objeto de minimizar los posibles errores.
Un atento saludo.
Ldo. Juan A. Núñez Sánchez
jueves, 5 de enero de 2017
Multa de Tráfico
Conviene revisar todas las acciones y omisiones que pueden suponer una sancoón administratica de tráfico, aquí tienen un enlace interesante al respecto: http://www.abc.es/motor/reportajes/abci-multas-mas-curiosas-pueden-poner-conducir-201701041911_noticia.html
miércoles, 4 de enero de 2017
NOVEDADES PARA EL IMPULSO DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL
El pasado sábado día 24 de diciembre se publicó el Real Decreto Ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Esta norma flexibiliza los requisitos para que más jóvenes puedan beneficiarse de las medidas dispuestas para los inscritos en el Fichero de Garantía Juvenil.
Esta norma flexibiliza los requisitos para que más jóvenes puedan beneficiarse de las medidas dispuestas para los inscritos en el Fichero de Garantía Juvenil.
Los principales cambios del RDL 6/2016 son:
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2. Las reducciones se convierten en bonificaciones
Desde el 1 de enero de 2017, las reducciones a las que tiene derecho una empresa cuando contrata a un trabajador con Contrato para la Formación y el Aprendizaje se convierten en bonificaciones si éste es un joven inscrito en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil. (Disposición transitoria única)
Por tanto, en los supuestos en los que el trabajador esté inscrito en el Sistema de Garantía Juvenil, se deberá aplicar una bonificación del 100% del importe de los Seguros Sociales, en lugar de una reducción, que es lo que se hace habitualmente.
Por ello, a partir de ahora será necesario confirmar si los trabajadores que se van a contratar bajo esta modalidad contractual se encuentran inscritos en el Fichero de Nacional de Garantía Juvenil.
Por tanto, en los supuestos en los que el trabajador esté inscrito en el Sistema de Garantía Juvenil, se deberá aplicar una bonificación del 100% del importe de los Seguros Sociales, en lugar de una reducción, que es lo que se hace habitualmente.
Por ello, a partir de ahora será necesario confirmar si los trabajadores que se van a contratar bajo esta modalidad contractual se encuentran inscritos en el Fichero de Nacional de Garantía Juvenil.
La Seguridad Social dictará las pautas para realizar estas bonificaciones
e introducir las modificaciones que considere necesarias para la
correcta aplicación de las mismas. De igual modo, los programas de
nóminas deberán realizar las correspondientes actualizaciones.
ENLACE PARA ACCEDER AL SISTEMA NACIONAL DE GARANTIA JUVENIL: http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/accesoJovenes.html
FUENTE: AUDIOLIS
CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE 2017
TODA LA INFORMACION OFICIAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA EN ESTE ENLACE: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Folletos_informativos/Calendario_del_contribuyente/Calendario_del_contribuyente_2017_HTML/Calendario_del_contribuyente_2017_HTML.shtml
ENLACE A VERSION EN PDF: http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Calendario_contribuyente/2017HTML/Calendario_Contribuyente_2017_es_es.pdf
Calendario Fiscal Básico 2017 del Autónomo y la Pyme (no es la versión completa, la cual está disponible en el enlace anterior)
ENERO 2017:
Hasta el día 20:
- Retenciones cuarto trimestre 2016: modelos 111 y 115
Hasta el día 30:
- IVA:
- Cuarto trimestre 2016. Autoliquidación: modelo 303
- Resumen anual 2016: modelo 390
- Cuarto trimestre 2016: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
- IRPF:
Pagos fraccionados Renta Cuarto trimestre 2016:
- Estimación directa: modelo 130
- Estimación objetiva: modelo 131
Hasta el día 31:
- Retenciones resumen anual 2016: modelos 180 y 190
FEBRERO 2017:
Hasta el día 28:
- Declaración anual (2016) de operaciones con terceros: modelo 347
- Impuesto sobre Sociedades: Pagos fraccionados ejercicio en curso
ABRIL 2017:
Hasta el día 20:
- Retenciones primer trimestre 2017: modelos 111 y 115
- IVA:
- Primer trimestre 2017. Autoliquidación: modelo 303
- Primer trimestre 2017: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: modelo 349
- IRPF: Pagos fraccionados Renta Primer trimestre 2016:
- Estimación directa: modelo 130
- Estimación objetiva: modelo 131
- Régimen general: modelo 202
MAYO – JUNIO 2017: Declaración anual de la renta
Desde el 11 de mayo hasta el día 25 de junio:
- Borrador y declaración anual 2016 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta: modelos D-100 y D-714
Desde el 11 de mayo hasta el día 30 de junio:
- Borrador y declaración anual 2016 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación: modelos D-100, D-714
JULIO 2016:
Hasta el día 20:
- Retenciones segundo trimestre 2017: modelos 111 y 115
- IRPF: Pagos fraccionados Renta segundo trimestre 2016:
- Estimación directa: modelo 130
- Estimación objetiva: modelo 131
- IVA:
- Segundo trimestre 2017. Autoliquidación: modelo 303
- Segundo trimestre 2017: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: modelo 349
Hasta el día 25:
- Impuesto de sociedades:
- Declaración anual 2016. modelo 200
OCTUBRE 2016:
Hasta el día 20:
- Retenciones tercer trimestre 2017: modelos 111 y 115
- IRPF: Pagos fraccionados Renta tercer trimestre 2016:
- Estimación directa: modelo 130
- Estimación objetiva: modelo 131
- Sociedades: Pagos fraccionados ejercicio en curso
- Régimen general: modelo 202
- IVA:
- Tercer trimestre 2017. Autoliquidación: modelo 303
- Tercer trimestre 2017: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: modelo 349
DICIEMBRE 2016:
Hasta el día 20:
- Sociedades: Pagos fraccionados ejercicio en curso
- Régimen general: modelo 202
Hasta el 2 de enero de 2018
- Renta: Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva (módulos) para 2017 y sucesivos: Modelos 036 y 037
- IVA: Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2017 y sucesivos: modelos 036 y 037
martes, 3 de enero de 2017
IMPUESTOS TRIMESTRALES 4 TRIMESTRE 2016
INFORMAMOS A NUESTROS CLIENTES QUE YA ESTA ABIERTO EL PLAZO PARA LA CONFECCION Y PRESENTACION DE LOS IMPUESTOS TRIMESTRALES CORRESPONDIENTES AL CUARTO TRIMESTRE DE ESTE EJERCICIO 2016, AL IGUAL QUE LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS Y RESUMEN ANUAL DE IVA DEL CITADO EJERCICIO 2016.
EL PLAZO MAXIMO PARA DICHO TRAMITE FINALIZA SEGUN EL SIGUIENTE CUADRO:
* DIA 20/01/2017 (15/01/2017 EN CASO DE DOMICILIACION), MODELOS 111 Y 115
* DIA 30/01/2017 (25/01/2017 EN CASO DE DOMICILIACION), MODELOS 130 - 131 - 303 - 311 - 349 - 390
* DIA 31/01/2017, MODELOS 180 - 190
ROGAMOS PROCEDAN A LA REMISION DE LOS DATOS NECESARIOS PARA EL OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LAS REFERIDAS OBLIGACIONES FISCALES A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE, Y SIEMPRE AL MENOS UNA SEMANA DE ANTELACION AL VENCIMIENTO DEL PLAZO REFERIDO, NO PUDIENDOSE GARANTIZAR LA CORRESPONDIENTE TRAMITACION EN CASO DE RECEPCION DE LA DOCUMENTACION FUERA DE DICHO PLAZO.
RECIBAN UN ATENTO SALUDO.
LDO. JUAN A. NUÑEZ SANCHEZ
domingo, 1 de enero de 2017
martes, 27 de diciembre de 2016
AYUDAS PARA TRABAJADORES AUTONOMOS
ENLACE A LA PAGINA WEB DE LA JUNTA DE ANDALUCIA: http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/78018.html
ENLACE A LA PAGINA DEL BOJA: http://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/234/BOJA16-234-00057-21542-01_00103800.pdf
Descripción:
El programa de apoyo a la creación,
consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo
autónomo regulado por Orden de 2 de diciembre de 2016,
tiene como finalidad la concesión de ayudas públicas a aquellas
personas desempleadas que vayan a iniciar una actividad económica como
trabajadoras autónomas, así como a aquéllas que ya estén establecidas
como tales, con la finalidad de crear empleo y mantener el ya existente a
través del fomento y consolidación del trabajo autónomo.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas trabajadoras autónomas con residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
Además se concederán ayudas públicas a las entidades que diseñen y desarrollen proyectos de orientación, asesoramiento y tutorización de personas trabajadoras autónomas, fomentando el empleo autónomo y evitando su destrucción (Línea 4).
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas trabajadoras autónomas con residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
Además se concederán ayudas públicas a las entidades que diseñen y desarrollen proyectos de orientación, asesoramiento y tutorización de personas trabajadoras autónomas, fomentando el empleo autónomo y evitando su destrucción (Línea 4).
Línea 1. Fomento de la creación de empresas de trabajo autónomo
Dirigida a aquellas personas físicas que realicen o quieran iniciar una actividad empresarial o profesional como trabajadoras autónomas y se encuentren en alguno de estos supuestos:- Medida 1.1 Fomento de iniciativas emprendedoras
- Medida 1.2 Ayudas al establecimiento
Línea 2. Consolidación empresarial del trabajo autónomo
Dirigida a favorecer la consolidación de las iniciativas económicas desarrolladas por los trabajadores y trabajadoras autónomos, a través de medidas que incorporen a su actividad factores que contribuyan a la obtención de ventajas competitivas en el contexto económico y de continuidad en el contexto socio laboral y de legalidad, que son las siguientes:- Medida 2.1 Cooperación empresarial
- Medida 2.2 Relevo generacional
- Medida 2.3 Celebración de contratos en prácticas
- Medida 2.4 Ayudas a la competitividad
- Medida 2.5 Ayudas de continuidad
Línea 3. Creación y consolidación del empleo en empresas de trabajo autónomo
Dirigida por un lado, a fomentar la creación de empleo estable mediante el apoyo a las contrataciones indefinidas de trabajadores por parte de personas trabajadoras autónomas y consolidarlo a través del apoyo a las transformaciones de contratos de duración determinada en contratos de tiempo indefinido ordinario de forma simultánea y, por otro lado, a favorecer una mayor presencia de la mujer en el trabajo autónomo y promover las condiciones óptimas para conciliar la vida personal, laboral y familiar a través de las siguientes medidas:- Medida 3.1 Apoyo a la contratación por tiempo indefinido ordinaria
- Medida 3.2 Apoyo a la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos
- Medida 3.3 Apoyo a la contratación de duración determinada para conciliar la vida personal, laboral y familiar
Línea 4. Promoción del trabajo autónomo
Dirigida a las asociaciones profesionales del trabajo autónomo que estén inscritas en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Andalucía que entre sus fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, para subvencionar la ejecución de proyectos de orientación, asesoramiento, tutorización, asistencia técnica y acompañamiento individualizado de aquellas personas trabajadoras autónomas que pretendan desarrollar un proyecto de emprendimiento de las líneas de ayudas 1, 2 y 3, conforme al Plan de Actuación para el Trabajo Autónomo de Andalucía (Horizonte 2020).Procedimiento de concesión
- Las líneas 1 y 4 se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, realizándose una comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en las bases reguladoras. La resolución de estas líneas se realizará de forma conjunta, notificándose mediante publicación en la sede electrónica de la Consejería de Economía y Conocimiento.
- Las líneas 2 y 3 se tramitarán en régimen de concurrencia no competitiva, resolviéndose y notificándose de forma individual.
Órganos competentes para ordenar, Instruir y resolver los procedimientos
- Las líneas 1, 2 y 3 se tramitan y resuelven por las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Mediante Resolución de la Dirección General de Economía Social y Autónomos se dará publicidad a los importes que correspondan a cada provincia.
- La línea 4 se tramitará y resolverá por la Dirección General de Economía Social y Autónomos.
Organismo:
Consejería de Economía y Conocimiento
Plazo de solicitud:
- Línea 1
:
22/12/2016 - 23/01/2017
Un mes desde el día siguiente al de publicación en boja del extracto de la Resolución de convocatoria - Líneas 2 y 3
:
22/12/2016 - 05/01/2017
Quince días naturales a partir del siguiente al de publicación en boja boja del extracto de la Resolución de convocatoria
Estado:
Abierto plazo de solicitud
ENLACE A LA PAGINA WEB DE LA JUNTA DE ANDALUCIA: http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/78018.html
sábado, 24 de diciembre de 2016
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