ENLACE A LA PAGINA WEB DE LA JUNTA DE ANDALUCIA: http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/78018.html
ENLACE A LA PAGINA DEL BOJA: http://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/234/BOJA16-234-00057-21542-01_00103800.pdf
Descripción:
El programa de apoyo a la creación,
consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo
autónomo regulado por Orden de 2 de diciembre de 2016,
tiene como finalidad la concesión de ayudas públicas a aquellas
personas desempleadas que vayan a iniciar una actividad económica como
trabajadoras autónomas, así como a aquéllas que ya estén establecidas
como tales, con la finalidad de crear empleo y mantener el ya existente a
través del fomento y consolidación del trabajo autónomo.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas trabajadoras autónomas con residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
Además se concederán ayudas públicas a las entidades que diseñen y desarrollen proyectos de orientación, asesoramiento y tutorización de personas trabajadoras autónomas, fomentando el empleo autónomo y evitando su destrucción (Línea 4).
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas trabajadoras autónomas con residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
Además se concederán ayudas públicas a las entidades que diseñen y desarrollen proyectos de orientación, asesoramiento y tutorización de personas trabajadoras autónomas, fomentando el empleo autónomo y evitando su destrucción (Línea 4).
Línea 1. Fomento de la creación de empresas de trabajo autónomo
Dirigida a aquellas personas físicas que realicen o quieran iniciar una actividad empresarial o profesional como trabajadoras autónomas y se encuentren en alguno de estos supuestos:- Medida 1.1 Fomento de iniciativas emprendedoras
- Medida 1.2 Ayudas al establecimiento
Línea 2. Consolidación empresarial del trabajo autónomo
Dirigida a favorecer la consolidación de las iniciativas económicas desarrolladas por los trabajadores y trabajadoras autónomos, a través de medidas que incorporen a su actividad factores que contribuyan a la obtención de ventajas competitivas en el contexto económico y de continuidad en el contexto socio laboral y de legalidad, que son las siguientes:- Medida 2.1 Cooperación empresarial
- Medida 2.2 Relevo generacional
- Medida 2.3 Celebración de contratos en prácticas
- Medida 2.4 Ayudas a la competitividad
- Medida 2.5 Ayudas de continuidad
Línea 3. Creación y consolidación del empleo en empresas de trabajo autónomo
Dirigida por un lado, a fomentar la creación de empleo estable mediante el apoyo a las contrataciones indefinidas de trabajadores por parte de personas trabajadoras autónomas y consolidarlo a través del apoyo a las transformaciones de contratos de duración determinada en contratos de tiempo indefinido ordinario de forma simultánea y, por otro lado, a favorecer una mayor presencia de la mujer en el trabajo autónomo y promover las condiciones óptimas para conciliar la vida personal, laboral y familiar a través de las siguientes medidas:- Medida 3.1 Apoyo a la contratación por tiempo indefinido ordinaria
- Medida 3.2 Apoyo a la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos
- Medida 3.3 Apoyo a la contratación de duración determinada para conciliar la vida personal, laboral y familiar
Línea 4. Promoción del trabajo autónomo
Dirigida a las asociaciones profesionales del trabajo autónomo que estén inscritas en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Andalucía que entre sus fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, para subvencionar la ejecución de proyectos de orientación, asesoramiento, tutorización, asistencia técnica y acompañamiento individualizado de aquellas personas trabajadoras autónomas que pretendan desarrollar un proyecto de emprendimiento de las líneas de ayudas 1, 2 y 3, conforme al Plan de Actuación para el Trabajo Autónomo de Andalucía (Horizonte 2020).Procedimiento de concesión
- Las líneas 1 y 4 se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, realizándose una comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en las bases reguladoras. La resolución de estas líneas se realizará de forma conjunta, notificándose mediante publicación en la sede electrónica de la Consejería de Economía y Conocimiento.
- Las líneas 2 y 3 se tramitarán en régimen de concurrencia no competitiva, resolviéndose y notificándose de forma individual.
Órganos competentes para ordenar, Instruir y resolver los procedimientos
- Las líneas 1, 2 y 3 se tramitan y resuelven por las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Mediante Resolución de la Dirección General de Economía Social y Autónomos se dará publicidad a los importes que correspondan a cada provincia.
- La línea 4 se tramitará y resolverá por la Dirección General de Economía Social y Autónomos.
Organismo:
Consejería de Economía y Conocimiento
Plazo de solicitud:
- Línea 1
:
22/12/2016 - 23/01/2017
Un mes desde el día siguiente al de publicación en boja del extracto de la Resolución de convocatoria - Líneas 2 y 3
:
22/12/2016 - 05/01/2017
Quince días naturales a partir del siguiente al de publicación en boja boja del extracto de la Resolución de convocatoria
Estado:
Abierto plazo de solicitud
ENLACE A LA PAGINA WEB DE LA JUNTA DE ANDALUCIA: http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/78018.html