Explicamos la tarifa plana de 50 euros para autónomos: requisitos, cuantía en 2015 de la cuota mensual según tramos y edad (tanto para menores como mayores de 30 años), la situación de la tramitación legal de la tarifa plana para mayores de treinta años, cuya entrada en vigor se produjo el 28 de septiembre de 2013, así como las novedades aplicadas en 2014 y previstas en 2015.
03/09/2015, Artículo elaborado y actualizado por Infoautónomos
La
tarifa plana para autónomos es una medida aprobada en 2013 para
impulsar el autoempleo que consiste en el pago de una cuota mensual
reducida a la Seguridad Social en calidad de autónomo. Una medida que ha
ayudado a muchos autónomos a dar sus primeros pasos, pero que también
ha generado grandes controversias. Por ello, el Gobierno ha preparado
una serie de modificaciones previstas para su entrada en vigor en
septiembre de 2015 y que también recogemos aquí.
En este artículo te explicamos:
- Introducción a la tarifa plana
- Requisitos de la tarifa plana para autónomos
- Cuantía de la tarifa plana para autónomos
- Novedades previstas en 2015 para autónomos societarios y autónomos que contraten
- Situación de la tramitación de la tarifa plana para mayores de 30 años
1. Introducción a la tarifa plana para autónomos
La
tarifa plana para autónomos consiste en el pago mensual de 55,78 euros a
la Seguridad Social en lugar de los 264,44 euros que constituyen la
cuota mensual mínima. Se introdujo inicialmente en febrero de 2013 para
nuevos autónomos menores de treinta años y, tras un año desde su
entrada en vigor, había beneficiado a 170.000 emprendedores, según la
ministra de Empleo, Fátima Báñez, por lo que cabe decir que ha tenido un
considerable impacto en el apoyo al autoempleo y los nuevos
emprendedores.
Incialmente se aprobó sólo para menores de 30 años
pero debido a la fuerte reacción entre el colectivo de autónomos, a la
cual nos sumamos explicando desde nuestro blog las razones para extender la tarifa plana a todos los autónomos, el gobierno extendió su aplicación a todos los nuevos autónomos, independientemente de su edad, medida que entró en vigor el 28 de septiembre de 2013 con la publicación en el BOE de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Cabe destacar que el funcionamiento de la tarifa plana para mayores de treinta años es prácticamente similar al aplicable a los menores de 30 años.
2. Requisitos de la tarifa plana para autónomos
El Real Decreto Ley 4/2013
de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del
crecimiento y la creación de empleo introdujo la tarifa plana para
menores de treinta años.
El primer requisito era tener menos de 30
años en el momento del alta en el régimen especial de trabajadores
autónomos de la Seguridad Social.
Con la aprobación de la Ley de
Emprendedores este requisito desapareció al extenderse la tarifa plana a
todos los nuevos autónomos independientemente de su edad.
Los demás requisitos a cumplir para beneficiarse de la tarifa plana son:
- No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores.
- No emplear trabajadores por cuenta ajena
Como
puede verse esta tarifa plana para autónomos realmente sólo es
aplicable para nuevos freelance y autónomos sin trabajadores
contratados, lo que limita su impacto e impide que se beneficien
aquellos emprendedores con proyectos de cierta envergadura en los que es
necesario contratar personal.
La Ley de Fomento del Trabajo Autónomo, aprobada a final de agosto de 2015 en el Senado y cuya entrada en vigor se producirá el 10 de octubre de 2015, elimina el requisito de no contratar trabajadores por cuenta ajena.
Además, quedó a criterio de la Tesorería General de la Seguridad Social la concesión final, lo que en la práctica dio lugar a tres requisitos adicionales en base a sus interpretaciones:
- No ser administrador de una sociedad mercantil.
- No haber recibido anteriormente una bonificación de la Seguridad Social como autónomo, aunque hayan pasado más de cinco años.
- No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos).
Todo
ello causó bastante controversia y denuncias en medios ya que estos
criterios no estaban en la orden, sino en una circular interna de la
Seguridad Social, lo cual provocó que muchos autónomos societarios que
contaban con esa ayuda no hayan podido recibirla. En 2015, aunque se ha
llegado a comentar que a lo mejor se eliminaba esta restricción, las
últimas informaciones no parecen apuntar en esa dirección.
También hay que precisar que en el caso de las cooperativas de trabajo asociado sí que se puede optar a la tarifa plana.
No así en el caso de pluriactividad
entre trabajo por cuenta propia y ajena, ya que la Ley de Emprendedores
introduce unas nuevas bonificaciones del 50% de la cuota de autónomos
para esos casos.
No obstante, es probable que estos requisitos
cambien a final de año con las últimas novedades anunciadas por el
Gobierno. Para conocerlas, consulta el punto número 4 de este artículo.
3. Cuantía de la tarifa plana para autónomos
La
cuantía de la tarifa plana varía a lo largo de los primeros meses de
actividad, estableciéndose tres tramos de reducción sobre la base mínima
de cotización y el tipo mínimo de cotización, incluyendo la capacidad
temporal:
- Primeros 6 meses: 80% de reducción de la cuota, con lo que con las bases y tipos de 2015 se queda en 55,78 euros.
- Meses 7 al 12: 50% de reducción durante el segundo semestre, que se quedaría en 2015 en 134,06 euros.
- Meses 13 al 18: 30% de reducción durante el siguiente semestre, que se quedaría con las bases y tipos de cotización de 2015 en 186,25 euros.
Tras
la entrada en vigor de la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo, aprobada
en l Senado en agosto de 2015, la cuantía de la cuota por contingencias
comunes de los seis primeros se redondeará a 50 euros exactos.
Te
recomendamos nuestra calculadora de las cuotas y prestaciones de
autónomo, dónde ya hemos incluido la tarifa plana de 50 euros.
Debes solicitar la tarifa plana en el momento de darte de alta en autónomos.
En cuanto a los jóvenes
menores de 30 años y las mujeres menores de 35, aunque en un primer
momento todo hizo pensar que se beneficiarían de la siguiente
bonificación adicional del 30% entre los meses del 19 al 30, como venía
ocurriendo con la bonificación para nuevos autónomos jóvenes, con lo que
la cuota se mantendría en 186,25 euros, finalmente la Seguridad Social
adoptó otro criterio, obligando a optar entre la tarifa plana o la
bonificación para jóvenes del 30% durante 30 meses.
En nuestro artículo sobre bonificaciones en el RETA puedes ampliar información sobre otras bonificaciones aplicables a personas discapacitadas y otros colectivos.
4. Novedades previstas en 2015 para autónomos que contraten o societarios
Finalmente la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo,
aprobada a final de agosto en el Senado, se ha quedado por debajo de
las expectativas ya que aunque es verdad que se incluyan diversas modificaciones relativas a la Tarifa Plana, que van a beneficiar sobre todo a los autónomos que contraten personal, no se ha hecho extensible a los autónomos societarios.
Las modificaciones con la nueva Ley quedan por tanto de la siguiente manera:
a) Autónomos que contratan personal:La contratación de trabajadores por cuenta de un autónomo deja de ser motivo de exclusión de la Tarifa Plana.
Contra
lo que se había anunciado inicialmente, los autónomos que operan a
través de una empresa o sociedad no podrán disfrutar de la bonificación
si contratan personal.
b) Redondeo de la cuantía de los 6 primeros meses: la cuota por contingencias comunes de esta tarifa plana se fija en 50 euros exactos durante los primeros seis meses.
c) Personas con discapacidad, víctimas del terrorismo y de la violencia de género: se amplía a 12 meses el periodo en el que pueden beneficiarse de los 50 euros.
d) Autónomos Societarios:
Tras la polémica suscitada por la exclusión de los autónomos que formen
una sociedad de la Tarifa Plana, y aunque se había avanzado que gracias
a la nueva normativa los autónomos societarios podrían disfrutar
también de ésta bonificación del 80% en sus cuotas de la Seguridad
Social, finalmente la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo no incluye
esta medida.
5. Situación de la tramitación de la tarifa plana para mayores de 30 años
El Senado
aprobó el 11 de septiembre de 2013 el nuevo Proyecto de Ley de apoyo a
los emprendedores y su internacionalización tras incorporar al mismo dos
enmiendas. En su artículo 28 incluía la extensión de la tarifa plana a
los mayores de 30 años.
Este Proyecto de Ley se tramitó por procedimiento de urgencia, y fue aprobado en el Congreso de los Diputados el 19 de septiembre.
Finalmente,
el 28 de septiembre de 2013, se publicó en el BOE la Ley 14/2013 de 27
de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
La tarifa plana para mayores de treinta años entró por tanto en vigor a
partir de la fecha de publicación en el BOE.
Si vas a darte de
alta como autónomo próximamente y cumples los requisitos para acceder a
la tarifa plana, puedes hacerlo sin problema solicitándolo en la
Seguridad Social en el momento de darte de alta en autónomos.
Fuente: www.infoautonomos.com