De acuerdo con la Orden
de 9 de febrero de 2015, por la que se regula la edición, distribución,
comercialización e impresión de los ejemplares de Hojas de Quejas y
Reclamaciones, estas serán libres (pero siempre sujeto al modelo de formulario de hojas de quejas y reclamaciones establecido en el Anexo I del Decreto 72/2008).
Esto supone que las empresas o profesionales que deseen adquirir las
hojas de quejas y reclamaciones para sus establecimientos o centros,
podrán encargarlas a cualquier imprenta o comprarlas en aquellos
establecimientos que las comercialicen.
Existen hojas de reclamaciones en formato papel y electrónico. Las hojas en papel deben estar a disposición de quien las solicite en todos los establecimientos de Andalucía:
Ten en cuenta que si como usuario te excedes en
el límite de caracteres en el campo "Descripción del hecho" o, como
empresa, en el campo "Observaciones", puedes usar el comando "Documentos
adjuntos" en la parte inferior del formulario.
Para ayudarte en la tramitación puedes consultar los siguientes manuales:
Fuente: web oficial de la Junta de Andalucía, enlace: http://www.juntadeandalucia.es/temas/vivienda-consumo/consumo/reclamaciones.html
Existen hojas de reclamaciones en formato papel y electrónico. Las hojas en papel deben estar a disposición de quien las solicite en todos los establecimientos de Andalucía:
Presentar una reclamación a través de internet
Si dispones de certificado digital el proceso es enteramente telemático. En caso contrario deberás imprimir la reclamación rellena y presentarla en los registros existentes en todas las dependencias de la Junta de Andalucía.
Reclamaciones
Para ayudarte en la tramitación puedes consultar los siguientes manuales:
- Manual Hoj@. Personas consumidoras y usuarias
- Manual Hoj@. Área de las empresas titulares de actividades
Más información
Fuente: web oficial de la Junta de Andalucía, enlace: http://www.juntadeandalucia.es/temas/vivienda-consumo/consumo/reclamaciones.html