viernes, 6 de septiembre de 2019

AYUDAS AL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN ANDALUCÍA




Por fin la ampliación de tarifa plana para autónomos de Andalucía se ha hecho realidad, las diferentes ayudas para autónomos incluidas en el Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía cuentan con 28,6 millones de presupuesto.
Fue aprobada tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el 1 de julio de 2019 y por fin hay convocatoria desde el 30 de julio.


1.   Requisitos de la ampliación de Tarifa Plana en Andalucía:

Las nuevas líneas de ayudas tienen por objeto cubrir los costes de las cuotas de cotización a la Seguridad Social de los autónomos, extendiendo la tarifa plana estatal de 60 euros a dos años.
Esta ampliación de la tarifa plana es totalmente compatible con otras ayudas para autónonomos de Andalucía, ya sean públicas o privadas, nacionales o internacionales. La única condición es que el importe de las mismas, aisladamente o en conjunto, no supere el coste del objeto de la subvención.
Requisitos para ser beneficiario de la tarifa plana para autónomos de Andalucía:
  1. alta en el RETA o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
  2. tener residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
  3. ser beneficiario de la tarifa plana, en cualquiera de sus variantes por edad o actividad.
  4. no tener deudas con Hacienda o Seguridad Social.
  5. permanecer de alta como autónomo y efectuar el pago de las cuotas a la Seguridad Social, al menos durante el periodo de duración de la subvención. En el caso de los beneficiarios de la tarifa plana rural, se añade además cumplir con los requisitos para ser beneficiario de esta variante de la tarifa plana.
  6. mucho cuidado con esto, por el incumplimiento de estas condiciones determinará el reintegro de la ayuda, con recargo más intereses.

Tendrán especial consideración, en cuanto a la duración y cantidad de la subvención:
  1. Mujeres trabajadoras autónomas que sean beneficiarias de la tarifa plana rural para autónomos en municipios de menos de 5.000 habitantes.
  2. Autónomos menores de 30 años.
  3. Mujeres trabajadoras autónomas, incluidas en el RETA, que han cesado su actividad por maternidad y que reúnen los requisitos para ser beneficiarias de la tarifa plana para reincorporación tras la maternidad.
La primera convocatoria abarcará del 30 de julio de 2019 al 30 de septiembre de 2021. Para ejercicios futuros, dependerá totalmente del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En el caso de agotar el presupuesto, la Junta lo haría público.


2.   Duración y cuantía de la subvención:

La duración y cantidad dependerá del perfil del autónomo. No obstante, en todos los casos el abono de la subvención será un pago anticipado del 100% de las ayudas.
A)   Ampliación de la Tarifa plana de Andalucía genérica:
Incluimos en este primer apartado, tanto a los autónomos del RETA, como a aquellos autónomos incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, pues las condiciones son muy similares.
  • autónomos RETA: como beneficiarios de la ayuda, podrán seguir pagando 60 euros de cuota de autónomo hasta 12 meses más, a partir del mes 13 desde su fecha de alta en el RETA. Es decir, podrán pagar 60 euros de cuota durante 24 meses.
  • autónomos agrarios: en este caso hablamos de 24 meses pagando 50 euros, pues recuerda que una de las novedades 2019 de la tarifa plana, es que los autónomos agrarios beneficiarios de esta bonificación pagan de cuota de autónomos 50 euros en vez de 60. La ampliación por parte de la Junta comprenderá del mes 13 al 24 desde la fecha de alta como autónomo.
Este grupo podrá solicitar la ayuda 2 meses antes de que caduque la tarifa plana estatal, es decir en el mes 11 y 12 preferiblemente, o hasta el último día del mes 13.


B)   Ayudas para autónomas de Andalucía que residan y desarrollen su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes:
El nuevo Gobierno de la Junta lleva mucho tiempo hablando de esta cuota de autónomo reducida.
Las autónomas que inicien sus negocios en localidades andaluzas de menos de 5.000 habitantes podrán pagar al mes una cuota única de 30 euros, en vez de 60, durante los primeros 12 meses de alta.
El segundo tramo de la ayuda, también de 12 meses de duración, consistirá también en el pago de una cuota de 30 euros.
En total hablamos de una cuota única de 30 euros durante los primeros 24 meses del negocio.
Este grupo podrá solicitar la tarifa plana de Andalucía durante los 2 meses después de la fecha de alta como autónomos.
Si te diste de alta desde el 1 de enero de 2019 hasta la fecha de la convocatoria (30 julio), tendrás de plazo para solicitar esta subvención autonómica hasta 2 meses desde la convocatoria, es decir, hasta el 30 de septiembre.
C)   Ampliación tarifa plana para autónomos menores de 30 años:
Exactamente igual que en el caso anterior, si eres autónomo menor de 30 años, pagarás durante 24 meses una cuota de autónomo única de 30 euros. Los plazos de solicitud también serán los mismos que en el caso de autónomas en poblaciones de menos de 5000 habitantes.


D)   Autónomas con tarifa plana por reincorporación tras maternidad:
Esta línea de la ayuda está pensada para autónomas cotizando en el RETA, con derecho a acogerse a la tarifa plana tras el cese de actividad por baja maternal, ya sea nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela.
La subvención consistirá en el abono de una cuota de autónoma de 60 euros, con una duración de 12 meses, a contar desde el mes 13 al 24 desde la fecha de alta en el RETA. Es decir, una vez concluya la tarifa plana estatal, podrás pagar 60 euros durante un año más.
El plazo para solicitar la ampliación será en los dos últimos meses de la ayuda estatal; es decir, en el mes 11 y 12.
No te pierdas nuestro artículo con toda la información sobre esta tarifa plana para mujeres que se reincorporan al trabajo autónomo después de ser madres.


3.   Documentación para solicitar la tarifa plana en Andalucía:

En el apartado de la documentación, el objetivo básico es demostrar que efectivamente estás dado de alta en el RETA, que tienes derecho a recibir la subvención de la Junta de Andalucía para emprendedores y que, efectivamente, eres beneficiario de la tarifa plana estatal.
Por tanto, los documentos a adjuntar en tu solicitud son:
  • DNI/NIE/NIF.
  • modelo 036, 037 o DUE, para acreditar tu alta en Hacienda.
  • certificado de empadronamiento.
  • Informe de Vida Laboral actualizado, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, para acreditar tu alta en la Seguridad Social.
  • Informe de Datos para la Cotización/Trabajadores por Cuenta Propia-Información por Período de Liquidación emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria se efectuará mediante declaración responsable.


Además, según la normativa deberías entregar hasta 3 declaraciones responsables:
  1. declaración responsable en la que indiques que efectivamente cumples con todos los requisitos para ser beneficiario de esta subvención para autónomos de la Junta de Andalucía.
  2. declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que hayas solicitado, o te hayan concedido, indicando tanto la entidad encargada de la misma, fecha y cantidad.
  3. declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud.



4.   Cómo presentar la solicitud:

En principio, según reza la orden de la ayuda, es obligatorio solicitarla online, con tu correspondiente certificado electrónico, en la web de la Junta de Andalucía, rellenando toda la documentación relacionada y entregando todos los documentos que te hemos indicado en el anterior punto.
Puedes encontrar más info en la web que la Junta de Andalucía ha publicado para ofrecer información ampliada de las ayudas para autónomos.

5.   Otras ayudas para autónomos en Andalucía:

Además de la ampliación de tarifa plana para autónomos de Andalucía, la Junta ha aumentado un 30% el presupuesto para hacer frente a las ayudas incluidas en el Programa de Emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.
Además, se anticipa el 100% de la subvención y el requisito de ser demandante de empleo queda eliminado.
A continuación te resumimos las subvenciones existentes:
  1. ayudas para el inicio de la actividad: tras la modificación la ayuda alcanza los 5.000 euros para autónomas hasta 35 años, autónomos hombres hasta 30 y los jóvenes emprendedores que comiencen su negocio después de un contrato de formación y aprendizaje. Para autónomos mayores de 30 años la ayuda pasa de 2.600 a 3.800 euros.
  2. subvenciones Segunda Oportunidad de la Junta de Andalucía: podrás acogerte a esta ayuda si cerraste tu actividad por circunstancias no imputables a la misma. La subvención es de 5.000 euros para autónomas de hasta 35 años y autónomos de hasta 30 años, y de 3.800 en el caso de autónomas mayores de 35 años y autónomos mayores de 30 años.
  3. ayudas para que los autónomos puedan crear empleo indefinido: 6.000 euros por contrato y 3.000 euros por transformación de aprendiza a indefinido. Uno de los cambios importantes es que podrás solicitar esta subvención para contratos formalizados hasta 12 meses previos a la fecha de solicitud.
  4. subvenciones en Andalucía para fomentar la competitividad: 20.000 euros para invertir en activos fijos.

Fuente: Txerpa