a adquisición de una vivienda en España conlleva no solo el pago del precio pactado con el vendedor, sino también una serie de gastos e impuestos de carácter obligatorio que deben tenerse en cuenta a la hora de calcular el presupuesto total de la operación.
En el ámbito de los gastos, destacan los honorarios notariales, los aranceles del Registro de la Propiedad y, en su caso, los servicios de gestoría. Estos conceptos suelen oscilar entre los 1.000 y los 3.000 euros, en función del valor del inmueble y de la complejidad de la operación.
En cuanto a los impuestos, la normativa diferencia entre vivienda nueva y vivienda usada. En la primera, se devenga el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), fijado con carácter general en el 10%, además del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), que varía según la comunidad autónoma. Para la vivienda de segunda mano, se aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), con un tipo que oscila entre el 6% y el 10% dependiendo del territorio.
El vendedor, por su parte, suele estar obligado al pago de la plusvalía municipal, aunque es posible pactar contractualmente una distribución distinta de este tributo. Asimismo, si el comprador financia la operación mediante hipoteca, deberá asumir los gastos de tasación y, en algunos casos, comisiones bancarias.
En conclusión, es aconsejable prever entre un 10% y un 13% adicional sobre el precio de compraventa para cubrir estos gastos e impuestos. Para más detalles prácticos, puede visualizarse el siguiente vídeo: