jueves, 26 de marzo de 2020

CISIS COVID-19 (CORONAVIRUS) - MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DEL SEPE (SOLICITUD DE PRESTACIONES)



Enlace a la información desde la misma web del SEPE pulsando el encabezado

MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DEL SEPE (SOLICITUD DE PRESTACIONES)

  • Se suspenden los plazos en la presentación de solicitudes y no se recortan los derechos por presentar solicitudes fuera de plazo.
  • Se han adoptado medidas de protección por desempleo para los trabajadores afectados por suspensiones de contrato y reducciones de jornada (ERTEs).

Si ya es perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo

  • En cuanto a la inscripción como demandante de empleo: compruebe las instrucciones del servicio público de empleo de su comunidad autónoma para la renovación o el alta de la demanda de empleo. Siga las indicaciones de la página Web. Si no conoce la dirección de Internet, puede encontrarla aquí.
  • No se tiene que solicitar la prórroga del subsidio, el pago se mantendrá transcurridos los seis meses.
  • No se interrumpirá el pago de los subsidios por desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR) en el caso de personas beneficiarias del subsidio para trabajadores mayores de 52 años.

Si se ha visto afectado por un ERTE

Si se encuentra en situación de desempleo no motivada por un ERTE

Las Oficinas del SEPE están cerradas al público, pero se sigue trabajando en ellas y se ha ampliado el horario de atención telefónica.